Conductores de Bogotá reciben alivio y no tendrán que pagar impuesto, ¿quiénes aplican?
El plazo para cumplir con el pago de este impuesto vehicular se vence el próximo 28 de julio.
El impuesto vehicular es una de las obligaciones tributarias anuales por las que tienen que responder los conductores de Bogotá o quienes cuentan con un vehículo.
Según la Secretaría de Hacienda, este pago aporta al recaudo general de impuestos y es destinado a mejoras de la ciudad que beneficie el estar de los capitalinos, como mejoras en parques, vías, autopistas y distintas obras.
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El pago de este impuesto está próximo a vencerse, por lo que es indispensable conocer qué tipos de vehículos están obligados a cumplir con este y cuáles están exonerados.
Vehículos que no deben pagar impuesto vehicular
La entidad exime del pago del impuesto vehicular a algunos conductores.
- Tractores, trilladoras y maquinaria al servicio agrícola.
- Tractores sobre oruga, mototrillas, compactadoras, maquinarias, motoniveladoras, cargadoras, entre otros.
- Vehículos que son de uso industrial.
- Carros de la Empresa Distrital de Transporte Urbano desde la liquidación hasta que se haga la cancelación o modificación de las matrículas de estos.
- Motonetas, bicicletas eléctricas, bicicletas normales o motos de menos de 125 centímetros cúbicos.
Los carros que deben pagar impuestos
- Camperos
- Vehículos particulares
- Carros de tipo automóvil
- Carros híbridos
- Camionetas
- Carros de carga o de pasajeros
- Carros de servicio público
- Camperos
- Carros eléctricos
- Motos que tengan un cilindraje mayor a 125 centímetros cúbicos
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Es importante tener en cuenta que los vehículos automotores que comenzarán a circular en el país, también están siendo considerados para que paguen impuestos.