Ir sin Visa de EE. UU. en 2025: solo tiene que cumplir este requisito
Viaja a Estados Unidos sin visa a través del Programa de Exención de Visa (VWP). Descubre quiénes son elegibles y los requisitos necesarios.

Para muchos extranjeros, el proceso de viajar a Estados Unidos puede resultar engorroso y demorado, especialmente si deben tramitar una visa, un procedimiento que, en países como Colombia, puede tardar semanas o incluso meses.
Sin embargo, el Gobierno de Estados Unidos cuenta con un programa que permite a ciertos ciudadanos ingresar al país sin necesidad de visa.
¿Quiénes pueden ingresar a EE. UU. sin visa?
Los viajeros que deseen ingresar a Estados Unidos por un período inferior a 90 días pueden ser elegibles para la exención de visa bajo el Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program, VWP).
Este programa establece alianzas de seguridad entre Estados Unidos y países que cumplen con requisitos estrictos en áreas como la lucha contra el terrorismo, la aplicación de la ley, la inmigración, la seguridad de documentos y la gestión de fronteras, según el Departamento de Estado.
Los países participantes son evaluados al menos cada dos años para garantizar que mantengan los requisitos, como tener una tasa de rechazo de visas de no inmigrante inferior al 3% en el año fiscal anterior y emitir pasaportes seguros.

¿Cómo solicitar la Exención de Visa?
El Sistema Electrónico para la Autorización de Viajes (ESTA) es la herramienta oficial que determina si los ciudadanos de países del VWP pueden ingresar a Estados Unidos sin visa.
Para solicitar el permiso ESTA, se debe completar un formulario en línea, disponible en español, a través del sitio web oficial del Gobierno de EE. UU.. Es obligatorio contar con un pasaporte electrónico con chip (e-Passport).
La solicitud requiere el pago de una tarifa de procesamiento y, en caso de aprobación, una tarifa adicional por autorización. Se aceptan pagos con tarjeta de crédito, débito o PayPal.
Si la solicitud ESTA es rechazada, no será posible viajar a Estados Unidos bajo el VWP. En ese caso, se deberá tramitar una visa convencional en la embajada o consulado estadounidense del país de residencia.
Países incluidos en el Programa de Exención de Visa

Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunéi, Chile, Croacia, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, Catar, Rumania, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Corea del Sur, España, Suecia, Suiza, Taiwán y Reino Unido.