Agua potable para indígenas wayúu: Corte ordena garantizar su acceso
El alto tribunal consideró que el Gobierno ha omitido el fallo de la CIDH.
La Corte Suprema de Justicia le hizo un fuerte llamado de atención al Ministerio de Vivienda por las omisiones en el cumplimiento de las medidas cautelares ordenada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) para garantizar el acceso al agua potable a las comunidades indígenas a los habitantes del departamento de La Guajira.
El alto tribunal advirtió que han sido escasas, por no decir nulas, las políticas públicas que ha tomado el Gobierno para salvaguardar los derechos de estas comunidades. En este sentido se manifiesta que esto ha ahondado la crisis humanitaria de los indígenas wayúu, principalmente, quienes todavía no tienen agua potable.
Recuerda la Corte Suprema que el Estado tiene la obligación de "garantizarle" a toda la población colombiana "un flujo de disponibilidad constante, libre de contaminación y accesible a todos los sectores del terreno nacional". El no hacerlo es un incumplimiento a la Constitución Política y a la ley puesto que se están afectando varios derechos fundamentales.
La falta de un acueducto, advierte el alto tribunal, "afecta palmariamente también a los niños, niñas y adolescentes de las comunidades indígenas". Debido a esto pide que se tomen las medidas necesarias con el fin de "minimizar la situación de vulnerabilidad" de esta población.
Este pronunciamiento se hizo al resolver una acción de tutela presentada por las comunidades indígenas en contra del Ministerio de Vivienda y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado y Aseo del municipio de Manaure por la falta de un acueducto para las comunidades étnicas, indígenas y afrodescendientes.
Para la Corte Suprema de Justicia el Ministerio de Vivienda y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado están en la obligación de prestar de manera adecuada el servicio sin dilaciones, hecho por el cual les recordó lo ordenado por la CIDH.