Carlos Mattos no será trasladado al médico con medidas de seguridad
Tribunal falla a favor de Carlos Mattos una tutela contra el Inpec.
El tribunal superior del Distrito Judicial de Barranquilla falló una tutela de segunda instancia a favor de Carlos José Mattos.
Según el alto tribunal a Carlos José Mattos se le debe amparar el derecho fundamental de petición presuntamente vulnerado por el (INPEC y el EPMSC Barranquilla), toda vez que solicita la respectiva reclasificación a un nivel 3, se le proteja su derecho a la salud.
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También se ordena a las autoridades del INPEC y sus custodios respetar la intimidad y privacidad en las consultas y la relación médico-paciente del interno Carlos Mattos.
Inhibiéndose de ingresar y permanecer en el interior del consultorio médico durante la atención y procedimientos que ordene el cuerpo médico.
También le ordena al INPEC que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a estudiar y analizar y tome una decisión, respecto a la clasificación de Carlos Mattos en nivel III de seguridad.
Mientras se avanza en esta orden se solicita disponer lo necesario para para que se le apliquen al empresario las medidas correlativas a un nivel se seguridad adecuado y proporcional a su edad y estado de salud, garantizando sus derechos a la vida, dignidad, salud e intimidad.
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También al alto tribunal afirma, que “Una vez revisado el acto administrativo número 006766 del 25 de agosto del año 2022, emanado de la Dirección General del INPEC, por medio de la cual se dispone el traslado de Carlos José Mattos del Establecimiento de Reclusión del El Barne, hacia el Establecimiento de Reclusión de Barranquilla, se identifica que la motivación del mismo, obedece precisamente a solicitud del abogado José Alejandro Caicedo, por razones de “atención al arraigo familiar, por ostentar la calidad de ex servidor público y por salud".