¿Caso de Álvaro Gómez desató conflicto de competencias entre JEP y Corte?
La presidenta de la JEP ha negado que se pueda dar esa situación.
Continúa generando polémica la tesis que ha esbozado el exfiscal general Néstor Humberto Martínez, sobre el magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado.
De acuerdo con Martínez, debe ser la Corte Suprema de Justicia y no la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), la que investigue al senador Carlos Antonio Lozada quien confesó la ejecución de este crimen.
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El exfuncionario indicó que la sentencia de la Corte Constitucional que le dio vida a la JEP, establece que cuando se reciba una denuncia o confesión que involucre a un aforado, esa jurisdicción debe enviar dicha información al juez competente para que adelante las indagaciones.
Esto podría generar un conflicto de competencias entre los dos altos tribunales frente a este magnicidio, que según Martínez debería ser dirimido por la propia Corte Constitucional.
“Si llega a existir un conflicto de competencias porque la Corte Suprema asuma la investigación y la JEP no le remita el expediente como está obligada a remitirlo de acuerdo con las exactas palabras de la Corte Constitucional, quien debe resolver ese caso es la Corte Constitucional”, indicó.
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Sin embargo, algunos sectores políticos consideran que esto no es acertado porque en la Constitución se establece que la JEP es competente para investigar los delitos cometidos en el marco del conflicto, antes del primero de diciembre de 2016.
El senador Luis Fernando Velasco dijo que “cuando se tenga que investigar algún tipo de delito como magnicidios o de lesa humanidad, graves violaciones al DIH, delitos de guerra y delitos políticos, es esa jurisdicción especial de paz la que debe hacer la investigación y no es la justicia ordinaria, no es la Corte Suprema”.
La presidenta de la JEP, Patricia Linares, también ha dicho en varios medios de comunicación que no existe ningún conflicto de competencias en el caso del magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado.