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Consejo de Estado estudia demanda contra diálogos de paz con la Segunda Marquetalia

La demanda fue presentada por la Fundación para el Estado de Derecho.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Junio 28, 2024 - 11:21
Diálogos de paz del Gobierno con la Segunda Marquetalia
Diálogos de paz del Gobierno con la Segunda Marquetalia
Colprensa

El Consejo de Estado admitió estudiar una demanda que pide anular la resolución emitida por el presidente Gustavo Petro, en la que se establecieron los lineamientos de las negociaciones entre el Gobierno Nacional y la Segunda Marquetalia. 

La demanda fue presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, en la que alegan que el proceso no puede ser permitido, debido a que ese grupo armado está conformado principalmente con excombatientes de las Farc que renunciaron a los beneficios otorgados en el Acuerdo de Paz, al volver a las armas. 

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"Se acogieron a la justicia transicional y fueron beneficiarios de los instrumentos judiciales y extrajudiciales pactados, y se comprometieron a garantizar la no repetición y el respeto a las víctimas en el sistema de justicia, verdad y reparación. Todo lo cual incumplieron al volver a las armas", dice la demanda. 

Los accionantes resaltan que esos incumplimientos generan que los integrantes de la Segunda Marquetalia no puedan adelantar nuevas negociaciones de paz con el Gobierno, por lo que permitir este proceso sería vulnerar el principio de no repetición. 

"La consecuencia de estos incumplimientos es la prohibición de volver a negociar con estas estructuras armadas en el marco de procesos de paz. Por lo tanto, permitir nuevas negociaciones políticas con los miembros de la Segunda Marquetalia resulta una flagrante violación a las garantías de no repetición", agrega el documento. 

Además, resaltan que el presidente Gustavo Petro no tiene la potestad para establecer el estatus del grupo armado, pues esa competencia corresponde al Congreso, por lo que la resolución presidencial no puede exceder los términos de ley. 

"El legislador definió los tipos de proceso según la clasificación legal de los grupos armados, por lo tanto, no es discrecional o voluntario para el presidente de la República respetar esa regla. Las resoluciones que dicte el presidente en virtud de la potestad reglamentaria no pueden exceder los términos de la Ley que reglamenta", concluye la demanda. 

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Los accionante solicitaron medidas cautelares, por lo que el tribunal solicitó a las partes demandadas que se pronuncien al respecto para tomar una decisión sobre la posible suspensión provisional de esta resolución.

Fuente:
Sistema Integrado de Información