Corte Constitucional deja en firme penas de cárcel por delitos de evasión fiscal
El tribunal resolvió una demanda contra la Reforma Tributaria que alegaba supuestas irregularidades en el trámite al no respetar principios de consecutividad.
La Corte Constitucional mantuvo en firmes las penas que se impondrán dependiendo la gravedad del delito, en los casos que investiguen las autoridades por evasión de impuestos.
El tribunal resolvió una demanda contra la Reforma Tributaria que alegaba supuestas irregularidades en el trámite al no respetar los principios de consecutividad y que no se surtieron los debates necesarios en el Congreso.
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La Sala Plena de la Corte Constitucional no aceptó estos argumentos, debido a que se comprobó que sí existieron los debates requeridos.
“Los antecedentes del informe de ponencia que se discutió y aprobó se detallaron las sesiones formales previas y las reuniones preparatorias en las cuales se abordó la materia”, menciona el pronunciamiento de la corte.
Otro de los argumentos es que los artículos demandados no estarían directamente relacionados, pero los magistrados aclararon que el fortalecimiento de estas normas penales ayudan a que se reduzca la cantidad de casos de delitos de evasión fiscal.
“El fortalecimiento de los delitos fiscales se relaciona directamente con mejorar el recaudo tributario y con la superación de fenómenos como la evasión y elusión tributaria, y fue una materia que estuvo presente en el primer debate conjunto”, señala uno de los apartes del documento.
Los magistrados afirmaron que en la discusión legislativa se dejaron por fuera unas proposiciones que buscaban modificar algunos artículos del Código Penal, por lo que reafirmaron que desde el primer debate se adelantaron las discusiones necesarias.
“Como en el presente caso, esa materia sí fue objeto de discusiones preparatorias y en el mismo debate se satisfizo dicho principio constitucional a partir de la evaluación integral del trámite legislativo”, aseguró la Corte Constitucional.
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Finalmente, desde ese tribunal explicaron que esas normas tampoco violaban el principio de unidad de materia, por lo que mantuvieron en firme la disposición creada en la Ley de la Reforma Tributaria del gobierno Petro.