Corte ordena a Ejército reintegrar a soldado que salió herido en combates con las Farc
La Corte Constitucional le ordenó al Ejército Nacional que reintegre a un soldado profesional a quien lo apartaron de su cargo tras sufrir varias lesiones en su cuerpo durante combates sostenidos con las Farc en el año 2009.
Según el alto tribunal al soldado profesional, quien llevaba 8 años de prestar su servicio al Ejército, no se le pudo apartar de su cargo por estas lesiones y por el contrario, la institución militar debió analizar su caso y reubicarlo a otras dependencias de acuerdo a sus actitudes y destrezas que, en principio fueron afectadas por las lesiones.
La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, advirtió que apartar a ese soldado declarándolo inhábil para continuar con sus servicios militares constituyó en una vulneración de los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad, al debido proceso, al mínimo vital, a la estabilidad reforzada y a la salud.
“Esta Corporación reitera que marginar de las instituciones militares a las personas que han sido calificadas con el 50% o menos de pérdida de capacidad laboral, desconoce la posibilidad de desarrollar un componente logístico, documental y de capacitación importante en esta institución y es abiertamente contrario al mandato de reintegración laboral y al debido proceso”, señala la sentencia.
La Corte Constitucional estudió el caso de este soldado profesional a quien declararon con una discapacidad laboral del 20 por ciento y por lo tanto sirvió de sustento para apartarlo de la institución militar.
No obstante, el alto tribunal falló a favor del militar y además de reintegrarlo, le ordenó al Ejército un nuevo examen para determinar su capacidad laboral y “en el evento de considerarlo no apto para la prestación del servicio militar, deberá rendirse un informe técnico en el que se especifiquen las habilidades del actor y se determine qué tipo de labores administrativas, docentes o de instrucción podrá desempeñar”.