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Corte ordena a MinEducación modificar manuales de convivencia de colegios
El alto tribunal no tuvo en cuenta el concepto del procurador que pedía prohibir el exceso de expresiones de afecto.
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Viernes, Agosto 21, 2015 - 17:28
La Corte Constitucional falló la tutela interpuesta por la familia del estudiante Sergio Urrego, quien se suicidó por aparente discriminación sexual.
En el fallo, la Corte le ordena al Ministerio de Educación modificar los manuales de convivencia de los colegios para garantizar la intimidad y el libre desarrollo de la orientación sexual de los menores.
Además, el alto tribunal le concedió al joven el grado póstumo de bachiller y la construcción de un monumento a su memoria.
La Corte Constitucional no tuvo en cuenta el concepto del procurador Alejandro ordóñez que pedía prohibir el exceso de expresiones de afecto, como besos y abrazos, entre los estudiantes en los colegios.
Según la información recopilada por las autoridades, el estudiante decidió terminar con su vida el pasado 4 de agosto de 2014 lanzándose desde la terraza de un prestigioso centro comercial de Bogotá, por la discriminación de la que era víctima por parte de las directivas de su colegio.
El joven era blanco de señalamientos, recriminaciones y saboteos académicos por sostener una relación homosexual con uno de sus compañeros de colegio, según la Fiscalía.
La Sala concluyó que "el Colegio Gimnasio Castillo Campestre violó los derechos fundamentales de Alba Lucía Reyes Arenas y su hijo Sergio Urrego al debido proceso, al buen nombre y a la igualdad, al adelantar un proceso disciplinario por el supuesto incumplimiento del Manual de Convivencia en atención a las manifestaciones de amor del joven con otro compañero de curso, que presentó diversas irregularidades en su ejecución, lesionando el libre desarrollo de la personalidad y el buen nombre y la intimidad del hijo de la peticionaria."
Así pues, la Corte advirtió "que se presentaron varias fallas en el procedimiento que terminaron por constituirse en una forma de acoso escolar contra el joven, que pueden haber incidido en la decisión que tomó de acabar con su vida. Por otra parte, el colegio en mención igualmente, con posterioridad a la muerte del joven, incurrió en la violación de su derecho al buen nombre e intimidad del joven, al realizar declaraciones públicas acerca de su proyecto de vida y de la estabilidad de su núcleo familiar".
Asimismo, en el fallo, la Corte Constitucional ordenó al Gobierno que asista al acto público que se deberá organizar por la memoria de Sergio Urrego, contando especialmente con la presencia del Ministerio de Educación, que deberá asumir un compromiso público contra el fenómeno del hostigamiento escolar y la promoción del respeto por la diversidad sexual en los foros educativos, así como atender el déficit de protección que enfrentan las víctimas de acoso escolar ante la falta de operatividad de la política pública de convivencia escolar, de detección temprana, acción oportuna, acompañamiento y seguimiento a estos casos.
A continuación, la sentencia de la Corte Constitucional:
Con información de NoticiasRCN.com
Fuente:
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