Crimen de Jaime Garzón: Proceso contra coronel (r) Plazas quedó en el limbo
El expediente fue enviado a una sala inexistente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
El juzgado séptimo especializado de Bogotá envió a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) el expediente del proceso en contra del coronel (r) Jorge Eliécer Plazas Acevedo por su presunta participación y responsabilidad en el plan para asesinar al periodista Jaime Garzón Forero. Sin embargo, el caso fue enviado a una sala de la jurisdicción especial para que resuelva la competencia en este caso.
La decisión llamó la atención entre los abogados y familiares del humorista, puesto que se dio pocos días antes de iniciar los alegatos finales en contra del excomandante del B-2 del Ejército.
El abogado Sebastián Escobar, quien defiende los intereses de la familia Garzón, aseguró que la audiencia programada para este miércoles tuvo que ser aplazada de manera indefinida. "Nos llevamos la sorpresa de que la audiencia había sido suspendida porque el caso había sido enviado el día anterior a una sala incidental de la JEP, argumentando que ese tribunal debía definir la competencia del caso”.
El jurista calificó como preocupante lo que está sucediendo en este caso, porque enviaron dicho proceso a una sala de la JEP que “ni siquiera existe, porque fue declarara inexequible por la Corte Constitucional al hacer el estudio del acto legislativo 01 del 2017 que crea la Jurisdicción de paz”.
En este sentido, aseguró que el juzgado actuó de manera muy ligera y con falta de información sobre el tribunal de paz. Esto es preocupante puesto que después de tres años de proceso se han presentado muchas dilaciones por parte del oficial en retiro y su defensa.
“Al hacer esto, el juez no realiza ningún tipo de argumentación sobre si el homicidio de Jaime Garzón tiene una relación directa con el conflicto armado o tampoco niega esa relación y de entrada niega los derechos de las víctimas porque nos imposibilita la opción de poder apelar dicho decisión”, explicó.
Con este tipo de acciones, indicó, lo único que logra es entorpecer el caso, pues es necesario recordar que en días pasados Plazas Acevedo “había solicitado acogerse a la JEP y la propia secretaría Ejecutiva estableció que en su caso no procedía aceptarlo pues su nombre no estaba dentro del listado que el Ministerio de Defensa presentó para postular a la Ley 1820 de 2017, de Amnistía, Indultos y otros tratamientos especiales”.
El abogado manifestó además que por casos como estos es necesario que la Corte Constitucional fije límites de la cláusula que habla sobre lo que es un hecho que tiene relación directa o indirecta con el conflicto, pues por allí se podrían “colar” hechos que nada tienen que ver con el conflicto armado interno.
“Es preocupante que por esa vía se cuelen graves crímenes y actividades delictivas en contra de líderes sociales, periodistas u otras personas que tienen más relación con la violencia sociopolítica”, precisó.
El coronel (r) Plazas Acevedo fue acusado por la Fiscalía General de los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. En el juicio, el ente investigador señaló que el entonces comandante del B-2 le entregó información privilegiada a la banda delincuencial de 'La Terraza' de Medellín sobre los movimientos de Garzón Forero en Bogotá.
Plazas Acevedo fue condenado a 39 años de prisión por el secuestro y homicidio del empresario israelí Benjamín Koudari. Frente a este caso, el abogado Escobar aseguró que es muy extraño que el coronel esté pagando su sentencia en una reclusión militar y no en la cárcel La Picota.
“El secuestro y homicidio de Benjamín Koudari, un caso que es un claro ejemplo de las excepciones que señala la JEP, al tratarse de un delito con fines de enriquecimiento ilícito individual y que no tiene relación con el conflicto armado”.