Judicatura pide investigar a juez que negó matrimonio a dos mujeres en Cartagena
El funcionario negó el matrimonio por su “moral cristiana”.
La presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Diana Alexandra Remolina le solicitó a la Sala Jurisdicción Disciplinaria del Bolívar investigar al juez civil de Cartagena que rechazó la petición de un matrimonio igualitario aduciendo a su “moral cristiana”.
En el documento, se le señala al magistrado Orlando Díaz Atehortúa que se evalúe si el juez incurrió en una falta disciplinaria al negar la solicitud por motivos meramente religiosos, dejando a un lado la Constitución y la ley.
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“Resulta prioritario que se investigue y evalúe la eventual comisión de falta disciplinarias en este caso”, precisa el documento firmado por la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura.
En este sentido se señala que es necesario recordar los fallos que se han emitido en el que se establece que en todas las decisiones judiciales debe prevalecer la “garantía y protección del derecho al acceso a la administración de justicia”.
Esta solicitud se suma a la hecha por la Defensoría del Pueblo Regional Bolívar que considera que el juez décimo civil municipal de Cartagena incurrió en una falta disciplinaria al omitir las sentencias emitidas por la Corte Constitucional sobre el matrimonio igualitario.
En el fallo conocido el pasado martes, el funcionario judicial aseguró que no podía aceptar la petición hecha por las dos mujeres puesto que esto iba en contra de sus principios cristianos.
“(…) no puedo casar a dicha pareja del mismo sexo, porque ello contraría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales y cuando exista conflicto entre lo que dice la ley humana y lo que dice la ley de DIOS, yo prefiero la ley de Dios, porque prefiero agradar primero a mi señor Dios, Todopoderoso, antes que al ser humano”, señaló el juez.
En su decisión señala que todos los funcionarios públicos juran ante Dios cuando llegan al cargo, citando el caso del Presidente de la República, por lo que no se puede desconocer este juramento.
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“El preámbulo invoca la protección de Dios, y se debe jurar por Dios, vemos que la laicidad predicada por los magistrados de la Corte Constitucional, y por varios doctrinantes, es con el mayor respeto, artificiosa, no resiste el análisis puesto de presente por obvias razones”, resalta el juez civil.
Finalmente asegura que los alcances de este fallo no son discriminatorios, sino que hacen referencia a la comprensión de las normas. “Hay que conocer a Dios para saber la dimensión del juramento que se hace al momento de la posesión como servidor público, y esto se lograr por el conocimiento de la Palabra de Dios, la biblia”.
En contra del juez ya se anunciaron denuncias de tipo penal y quejas disciplinarias al considerar que se extralimitó en sus funciones.