Juez ordenó arresto de directivos de Medimás
El desacato de un fallo de tutela llevó a esta determinación.
María Fany Arias, una mujer de 68 años, se ve actualmente enfrentada a un cáncer que requiere un medicamento que –de acuerdo a sus familiares– es lo único que le puede prolongar la vida.
A pesar de esa imperiosa necesidad, el suministro de ese medicamento por parte de Medimás se convirtió en una batalla jurídica que llevó a un juez de la República a fallar el arresto del presidente de la EPS y del gerente de defensa jurídica de la misma entidad.
La medida obedece a que fue desacatada la tutela que le ordenaba conseguir y entregar el medicamento a doña María Fany Arias.
“Sancionar al doctor Néstor Orlando Arenas Fonseca, presidente de la EPS Medimás, y Julio César Rojas Padilla, gerente de defensa judicial de la misma, con arresto de seis días y multa equivalente de un salario mínimo por desacato a la sentencia de tutela proferida por este despacho el 4 de julio de 2018 sin perjuicio del cabal cumplimiento de la misma”.
De acuerdo al juzgado primero de ejecución de penas de Pereira, los funcionarios no acataron la orden de suministrarle el medicamento a María Fany Arias.
“No es justificable por parte de la EPS Medimás porque al día de hoy no le han suministrado los medicamentos ordenados aún cuando el juzgado consideró definitiva la medida provisional decretada al inicio de la acción de tutela”.
Los familiares de María Fany aseguran que ella necesita el medicamento hace más de cuatro meses sin que a la fecha hayan logrado el suministro.
Aseguran que hablaron con el director de medicamentos de Medimás y su única respuesta fue que pese a la orden de tutela, no se iba a comprar y entregar el medicamento por el costo.
Medimás aseguró a través de un comunicado que todos los servicios prescritos se le vienen autorizando a la paciente de manera pertinente pero que dicho medicamento no le ha sido formulado.
“A la usuaria en valoración oncológica se le recomendó otro medicamento que es de última línea para su tratamiento. Por ser una recomendación no tuvo formulación a través del aplicativo dispuesto por el ministerio de Salud para tal fin”.
La EPS además señaló que revisó la posibilidad de suministrarle ese medicamento, de acuerdo con su enfermedad, y los galenos concluyeron que la afiliada no se beneficia con éste.