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Magistrado Linares se declara impedido en debate sobre el aborto

La Sala Plena resolverá el impedimento y luego empezará la discusión de fondo sobre el tema.

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Actualizado:
Miércoles, Noviembre 17, 2021 - 13:45
Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional
Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional.
Cortesía: Corte Constitucional

Aunque se tiene previsto que la decisión de la Corte Constitucional, en torno a la despenalización del aborto, podría salir esta semana, se presentó un leve tropiezo.

Se trata de un impedimento que presentó el magistrado Alejandro Linares, para apartarse de la discusión porque en una reciente entrevista, en el marco de la decisión que mantuvo la calidad de imputado al expresidente Álvaro Uribe, hizo referencia a los 'chicharrones' que enfrena la corte y habló del aborto.

“Uno escucha múltiples opiniones, gente muy cercana a uno (…) o tiene los hijos de uno que le dicen papá estoy de acuerdo contigo en la despenalización del aborto, o no estoy de acuerdo contigo en la despenalización del aborto, cada individuo tiene una visión muy personal de lo que debería ser un fallo de la Corte“ (…) la labor más importante de un magistrado es escuchar a todo el mundo, y después fallar calladamente y sin presiones como manda la Constitución”, dijo Linares en la entrevista a la revista Semana.

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En el impedimento, que conoció RCN Radio, el magistrado señala que en esa entrevista no manifestó su opinión concreta sobre la despenalización del aborto, ni sobre las ponencias que están en estudio, pero considera que debe apartarse porque, en el ejercicio de su función judicial, su “posición en materia de aborto no es desconocida ante la opinión pública”.

Lo que pasará en la próxima Sala Plena es que los ocho magistrados resuelvan si Linares debe apartarse de la decisión sobre el aborto y después entrarán a discutir de lleno el asunto.

Como se sabe, Linares es uno de los magistrados que en diferentes decisiones ha mostrado su posición en que la “decisión de interrumpir un embarazo o no hacerlo tiene que ver con las más íntimas convicciones de la mujer gestante”, se lee en la sentencia C-088/20.

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Si la Sala Plena lo aparta de la decisión sería un voto menos para las demandas que buscan eliminar el artículo 122 del Código Penal que impone cárcel a quién practique aborto por fuera de las tres causales permitidas desde el 2006.

Fuente:
Sistema Integrado de Información