Mujeres cabeza de familia tendrían penas más flexibles por delitos menores
La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto.
La Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto que modifica la aplicación del Código Penal en materia de política criminal y penitenciaria en hechos en los que estén relacionados a mujeres cabeza de familia.
Según lo aprobado, las mujeres cabezas de familia condenadas por delitos como hurto, conservación o financiación de plantaciones o destinación ilícita de muebles o inmuebles, y aquellos cuya pena impuesta sea igual o inferior a seis años de prisión, podrán obtener como medida sustitutiva de la pena de prisión.
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En dichos casos se debe demostrar por cualquier medio de prueba que la comisión del delito está asociada a condiciones de marginalidad que afecten la manutención del hogar.
En los casos de mujeres cabeza de familia condenadas por hurto en concurrencia con agravantes o calificantes y en los que el juez establezca que debido a sus antecedentes personales, sociales y familiares no es necesaria la ejecución de la pena en establecimiento de reclusión, se podrá otorgar discrecionalmente la pena sustitutiva de la misma.
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Sin embargo, la suspensión de la ejecución de la pena prevista en el proyecto no se aplicará cuando la mujer tenga antecedentes penales por otro delito doloso dentro de los cinco años anteriores a la comisión del nuevo acto punible o exista concurso con otras conductas delictivas o contrarias a la ley.
La medida sustitutiva de la prisión consistirá en el servicio no remunerado que, en libertad, presten las madres cabeza de familia condenadas a favor de instituciones públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales, en su respectivo lugar de residencia.