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Ordenan reajustar la pensión del canciller de Colombia, Álvaro Leyva Durán

El ministro de relaciones exteriores no tiene derecho a gozar de una pensión bajo el régimen especial.

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Actualizado:
Viernes, Agosto 12, 2022 - 19:46
 Álvaro Leyva
Álvaro Leyva
Twitter: @AlvaroLeyva

Los magistrados de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca fallaron una demanda a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso (Fonprecon), en la cual se ordena reajustar la pensión del hoy canciller de Colombia, Álvaro Leyva Durán.  

“Se le ordenará a Fonprecon que reajuste y pague la pensión de jubilación del accionado, con el equivalente al 75% del promedio de salarios devengados, correspondientes al tiempo que le hacía falta para adquirir el derecho a la pensión, contado a partir del 01 de abril de 1994”, señala el fallo del Tribunal.

De acuerdo con los argumentos del Tribunal, el ministro de relaciones exteriores no tiene derecho a gozar de una pensión bajo el régimen especial que cobija a los congresistas de la República.

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Según el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en este caso no podían ser tenidas en cuenta dos libros publicados por el canciller, para acreditar el requisito de tiempo de servicios para el reconocimiento y pago de una pensión de jubilación

No obstante, los magistrados precisaron que el tiempo laborado en los sectores público y privado por Leyva Durán sumaba 20 años, siete meses y once días.

Así las cosas, el hoy canciller acumula más de 20 años de servicios, para acceder a una pensión de jubilación pero por la vía ordinaria.

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“El señor Álvaro Leyva Durán cumplió los 60 años de edad el 29 de agosto de 2002, lo cual significa que tampoco adquirió el status de pensionado siendo congresista, puesto que se retiró del Senado a partir del 20 de julio de 1990, y si bien Fonprecon le reconoció la pensión, con solo 51 años de edad, lo cierto es que como no es beneficiario del régimen especial de pensiones de los congresistas, dicha prestación sólo se podía causar cuando completó todos los requisitos (tiempo de servicios y edad)", se indicó.

Fuente:
Sistema Integrado de Información