Procuraduría respalda solicitud de indemnización por detención injusta del coronel Plazas Vega
Las pretensiones de los abogados del coronel es declarar responsable al Estado, la Rama Judicial y la Fiscalía, por los perjuicios a causa de la retención.
La Procuraduría respaldó la solicitud que hizo el coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega para que el Estado lo indemnice con casi 8.000 millones de pesos por los daños causados a él y su familia, por haber permanecido detenido entre 2007 y 2015 por los casos de los desaparecidos del Holocausto del Palacio de Justicia.
Para el organismo, se cumplen los requisitos para declarar la responsabilidad de la Nación por una retención que consideran “injusta”, por el argumento de una imputación por falla en el servicio, por lo que afirman que esa medida privativa de la libertad, fue inapropiada.
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“Por cuanto encuentra probado que la medida de privación de la libertad fue inapropiada, irrazonable, desproporcionada y arbitraria, con lo cual se configura el daño antijurídico, han de despacharse favorablemente las pretensiones de la demanda tendientes a declarar responsables a las demandadas por la privación injusta de la libertad”, dice el documento.
Las pretensiones de los abogados del coronel es declarar responsable al Estado, la Rama Judicial y la Fiscalía, por los perjuicios a causa de la retención irregular, pues el documento explica que a Plazas Vega y a su círculo cercano se les perjudicó material y moralmente, además en temas de salud.
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El lío judicial contra el coronel (r) Plazas arrancó el 7 de noviembre de 1985, cuando ingresó al Palacio de Justicia en uno de los cuatro vehículos que participaron en la operación para recuperar el control del edificio, después de que un grupo de guerrilleros del M-19 se tomaran ese precinto.
Plazas Vega fue acusado por los delitos de secuestro agravado y desaparición forzada de al menos 11 empleados del Palacio de Justicia, pues probatoriamente la acusación se efectuó sobre la declaración de un testigo que no entregó su versión de los hechos, por lo que la justicia imputó once desapariciones, cuando en indagación se enunciaron a solamente tres desaparecidos, pero finalmente, el uniformado fue absuelto en 2015.
Por eso la Procuraduría considera que “por daño antijurídico ha de entenderse la lesión que sufre una persona, de carácter patrimonial o extrapatrimonial, sin que quien la sufra tenga el deber jurídico de soportarlo”.