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Qué hacer cuando muere un familiar que no dejó testamento

Conozca cuál es el proceso que se debe realizar cuando un familiar fallece y no dejó un testamento.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Octubre 20, 2022 - 13:05
Persona firmando un testamento
Testamento

Normalmente cuando una persona fallece, los familiares se tienen que enfrentar a varias circunstancias y una de ellas es el proceso de herencia (sucesión), algo que se dificulta si no se dejó un testamento.  

En el marco legal, las primeras personas que tienen derecho a heredar son los descendientes, es decir, hijos biológicos y adoptivos; las segundas son los padres biológicos o adoptivos; y las terceras, hermanos y cónyuge, sobrinos o cualquier otro familiar.   

Sin embargo, para que alguien pueda recibir la herencia que está estipulada en el testamento es necesario que todos acepten para que se tenga acceso a la misma.  

El abogado Jimmy Jiménez, fundador del bufete de abogados Integrity Legal, explicó que “en Colombia es muy habitual que las personas no organicen sus temas patrimoniales, y por lo tanto fallezcan sin dejar testamento. Los asuntos sucesorales están regulados por el código civil colombiano, en sus artículos, 1008 a 1047. No obstante, la regulación testamentaria tuvo su más reciente modificación a través de la ley 1934 de 2018, que entró en vigencia en el año 2019".  

¿Cuál es el proceso en caso de que el fallecido no haya dejado un testamento? 

Lo primero que se debe tener en cuenta es que existen diferentes tipos de sucesión en Colombia, que según el Código Civil, artículo 1009, son sucesión testada, intestada o incluso mixta. 

La testada hace referencia a cuando el causante otorgó testamento. La intestada es la que se realiza cuando no existe testamento, es la más común en Colombia, e incluso puede existir una sucesión mixta. 

“Para iniciar un proceso de sucesión existen 2 opciones; se puede de común acuerdo, entre las partes ante notario, o contenciosa ante juez cuando las partes no están de acuerdo o cuando se desconoce el paradero de alguno de los asignatarios”, dijo el abogado Jiménez.

Guardando la buena fe procesal, respetando el debido proceso y demás preceptos constitucionales, quien inicie el proceso de sucesión está obligado a notificar e involucrar a todas las partes del mismo. Y en caso de que se desconozca el paradero de algún heredero, se debe incluir en el Registro Nacional de Emplazados. 

Cabe resaltar que la repartición de bienes se realiza de acuerdo al orden sucesoral, la cual establece el Código Civil colombiano.  

¿Qué acciones puede realizar un heredero excluido injustificadamente? 

Según el abogado Jimmy Jiménez y conforme al artículo 488 del Código General del Proceso, es indispensable dar información de todos los herederos conocidos.  

Quien que se haya visto perjudicado por la omisión, podría solicitar acción reivindicatoria sobre cosas hereditarias o petición de herencia.

Además, si se prueba la mala fe y se evidencia algún tipo de irregularidad o falsedad en el proceso, podría interponer denuncia por fraude procesal. 

Fuente:
Sistema Integrado Digital