Rechazan tutela de Uribe que buscaba quitar condición de "imputado"
La Fiscalía General deberá resolver si llama o no a juicio al exsenador por manipulación de testigos.
La Sala Penal indicó que la acción judicial presentada por el abogado Jaime Granados Peña es "improcedente" al considerar que no se logró demostrar la afectación a sus derechos fundamentales con la decisión del juzgado cuarto de conocimiento emitida el pasado 6 de noviembre.
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Uribe consideraba que al llamarlo "imputado" violaba directamente sus derechos al debido proceso, defensa y presunción de inocencia.
"(...) la Sala no considera que la situación del señor Uribe Vélez contemple un daño inminente y grave, que permita la intervención del juez constitucional, por una potísima razón: es que en este evento su estructuración se funda en aspectos meramente argumentativos e interpretativos; empero, probatoriamente no quedó acreditado, pues salvo la providencia objeto de controversia, nada se allegó para demostrar la forma de su estructuración y la incidencia que tuviese en el menoscabo de sus derechos al debido proceso, defensa y presunción de inocencia, los cuales se encuentran incólumes y con todas las garantías para ejercitarlos", precisa uno de los apartes de la situación.
La Fiscalía General deberá definir si radica el escrito de acusación contra Uribe Vélez, es decir llamarlo a jucio, o si por el contrario le pide a un juez archivar la investigación por los delitos de fraude procesal y soborno.
En el debate jurídico se advierte que una "situación diferente" se presentaría en el caso si el "actor", es decir el exsenador Álvaro Uribe Vélez, siguiera privado de su libertad, por lo que se podría haber presentado en efecto una vulneración a sus derechos fundamentales.
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"Situación diferente sería que el actor continuara con la medida restrictiva de su libertad, lo cual conllevaría a examinar de manera diferente el daño ocasionado con la decisión confutada, pues en ese evento sería palmariala inminencia y gravedad de afectación de una garantía constitucional: la referente a la libertad;empero,en este caso al ser alusivos al contenido del art. 29 Constitucional, su valoración e importancia son diferentes, es decir, para estos específicos efectos no tiene la relevancia necesaria para que se emita una decisión de fondo favorable o no al accionante, se itera, al no estar afectados y,tampoco,puestos en peligroinminente de ser afectados", reza la providencia.
La Fiscalía General deberá definir si radica el escrito de acusación contra Uribe Vélez, es decir llamarlo a jucio, o si por el contrario le pide a un juez archivar la investigación por los delitos de fraude procesal y soborno.
El caso pasó a conocimiento de la Fiscalía General luego que Álvaro Uribe Vélez renunciara a su curul en el Senado. Fue por esta misma razón que un juez de control de garantías tumbó la medida de aseguramiento que había emitido la Corte Suprema en su contra el 4 de agosto de 2020.
El expresidente enfrenta una investigación por presuntamente haber presionado a sus abogados con el fin que le ofrecieran beneficios económicos y prebendas a dos paramilitares para que señalaran al senador Iván Cepeda de estar detrás de un montaje contra Uribe.