Salvador Arana, exgobernador de Sucre, fue admitido en la JEP
El exmandatario seguirá privado de su libertad mientras se resuelve su situación jurídica.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento del exgobernador Salvador Arana Suz en el proceso que se le adelantó por los delitos de desaparición forzada, concierto para delinquir al promover grupos armados, peculado por apropiación, falsedad ideológica en documento público y homicidio agravado.
Arana -quien fue sentenciado a 40 años de prisión por la Corte Suprema de Justicia por la desaparición forzada y posterior homicidio del alcalde del municipio de Roble (Sucre), Edualdo Díaz-. se comprometió a revelar detalles inéditos sobre estos hechos y temas relacionados con el conflicto armado interno.
Lea además: Víctimas de falsos positivos dicen que en la JEP el general [r] Montoya no entregó verdad
?La @JEP_Colombia acepta el sometimiento de Salvador Arana Sus pero le niega la libertad transitoria, condicionada y anticipada.
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) 14 de febrero de 2020
Comunicado➡️https://t.co/Yz6OP8ViiO#VerdadParaLaPaz pic.twitter.com/ANxnxi5sQN
Igualmente, fue hallado culpable por desviar fondos de la Gobernación de Sucre para beneficiar al Bloque Montes de María de las AUC, hechos por los que fue sentenciado a ocho años de cárcel por los delitos de peculado por apropiación y falsedad en documento privado.
Lea también: Condenan a la Fiscalía por acusar a un inocente de ayudar a la guerrilla
En la resolución, se señala que la propuesta de sometimiento de Arana Suz debe ser ajustada y concreta. “Una propuesta muy general y sin observar los aspectos advertidos al ser ejecutada podría resultar revictimizadora por la naturaleza de las violaciones a los derechos humanos y al DIH ocurridas”.
#OjoAlDato: Arana, que fue condenado en la justicia ordinaria a 40 años de cárcel, ya cumple 10 años privado de la libertad. El 1 de diciembre de 2017 suscribió acta de sometimiento ante la JEP por los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir y desaparición forzada
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) 14 de febrero de 2020
Frente a esto, se le pide al exmandatario departamental ajustar el compromiso concreto, programado y claro presentado por él, de acuerdo con las indicaciones y parámetros establecidos por la Sala, para que sea entregado en un plazo de 10 días hábiles.
Debido a esto, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP le negó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada.
El otorora exgobernador de Colombia en Chile lleva 10 años privado de su libertad en la cárcel La Picota de Bogotá.