Aprueban primeras facultades extraordinarias de Petro en el Plan Nacional de Desarrollo
Con 68 votos a favor de senadores y representantes de las comisiones terceras y cuartas fue aprobado este artículo.
Fueron aprobadas en el Congreso de la República, en medio de la discusión de las Comisiones Económicas Conjuntas sobre el Plan Nacional de Desarrollo, algunas facultades extraordinarias para el presidente de la República Gustavo Petro, la primera es que el mandatario podrá hacer modificaciones en los programas de transferencias monetarias Familias en Acción y Jóvenes en Acción.
"Se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para que expida normas con fuerza de ley para modificar los programas de Familias y Jóvenes en Acción, e incorporarlos de manera armónica y oportuna al Sistema de Transferencias de que trata el presente Proyecto de Ley", dice el artículo 301 del Plan Nacional de Desarrollo.
Con 68 votos a favor de senadores y representantes de las comisiones terceras y cuartas fue aprobado este artículo.
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Además, se aprobó el artículo 302 que tiene que ver con la adquisición de la infraestructura del hospital San Juan de Dios.
De acuerdo con lo aprobado, se faculta al Presidente para que “adelante las actividades necesarias para adquirir la infraestructura que corresponde al Hospital San Juan de Dios y así se cree una entidad que tenga como objeto la prestación de servicios de salud de mediana y alta complejidad o la investigación en temas de salud, y determine su estructura orgánica para la entrada en funcionamiento”.
Además, precisando lo relacionado con la propiedad de la infraestructura y el saneamiento de pasivos.
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Por otra parte, fue negada la facultad que estaba en el artículo 160 que le permitía al Presidente regular las condiciones especiales de reclusión de los miembros de pueblos y comunidades indígenas.
Este artículo, aunque fue aprobado por las comisiones económicas de Cámara, no fue aprobado por las comisiones de Senado, por lo que fue negado.