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Cámara asegura que alquiler de camionetas blindadas costó $37.000 millones

La corporación se refirió al millonario convenio suscrito con la UNP para la seguridad de los congresistas.

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Actualizado:
Domingo, Marzo 17, 2019 - 13:04
La plenaria de la Cámara de Representantes adelantará la elección del nuevo Defensor.
La plenaria de la Cámara de Representantes adelantará la elección del nuevo Defensor.
Foto: RCN Radio-Ángel Ocampo

La Dirección Administrativa de la Cámara de Representantes emitió un comunicado a través del cual hizo claridades sobre el contrato suscrito con el Gobierno para la seguridad de los congresistas.

La corporación firmó un convenio por 53 mil millones de pesos para el alquiler de camionetas blindadas. Sin embargo, la Cámara aseguró que de la totalidad de ese dinero, tan solo se gastaron de 37.500 millones, ya que el restante lo puso la Unidad Nacional de Protección (UNP).

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La Dirección Administrativa de la Cámara, “para la vigencia 2019, y por valor de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($37.500.000.000). La Unidad Nacional De Protección aporta CATORCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE. ($14.578.762.861)”, indica.

Además, señala esa corporación que los recursos invertidos no solo serán para el alquiler de los vehículos, sino también para la contratación de otros elementos de seguridad.

Según el comunicado, también se encuentran contemplados:

  • Hombres de protección que se otorgan a los honorables Representantes a la Cámara, que de acuerdo con el estudio del nivel de riesgo requieran para su protección.
  • Chalecos blindados que se otorgan a los Honorables Representantes a la Cámara, que de acuerdo con el estudio del nivel de riesgo requieran para su protección.
  • Capacitaciones y cursos de autoprotección a los Honorables Representantes de la Cámara y al personal que está a cargo de su protección.
  • Vehículos seguidores que se que se otorgan a los Honorables Representantes a la Cámara que de acuerdo con el estudio del nivel de riesgo requieran para su protección.
  • Hombres de protección (incluye: salario y prestaciones, seguro de vida, chaleco, armamento y medio de comunicación), asignados a los Representantes de acuerdo con el estudio del nivel de riesgos requerido para su protección. 

 

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La Dirección Administrativa de la Cámara de Representantes afirmó que los vehículos blindados y las medidas de protección asignadas para los congresistas no dependen de una “decisión caprichosa” de la corporación, sino de un estudio que realiza la Policía Nacional.

Este es el comunicado:

La Dirección Administrativa de la Cámara de Representante se permite informar que:

Con el firme propósito de continuar trabajando por la transparencia, informamos a la opinión pública que LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES y LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCION, suscribió el Convenio Interadministrativo No. 1096 del 13 de diciembre de 2018     cuyo objeto es “AUNAR ESFUERZOS TÉCNICOS, ECONÓMICOS, HUMANOS, LOGÍSTICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA BRINDAR E IMPLEMENTAR EL ESQUEMA DE SEGURIDAD REQUERIDO POR LOS HONORABLES REPRESENTANTES A LA CÁMARA QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE RIESGO EXTRAORDINARIO EN RAZÓN AL EJERCICIO DE SU CARGO.”

Dicho convenio tiene un valor total de cincuenta y tres mil setecientos diecinueve millones ciento setenta y cuatro mil ciento sesenta y nueve pesos m/cte. ($53.719.174.169) vigente desde el 13 de diciembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019 y/o hasta agotar presupuesto, donde está establecido en la cláusula cuarta, los aportes de las partes y que se desglosa de la siguiente manera:

la Dirección Administrativa de la Cámara de Representantes para la vigencia 2018, por valor de MIL SEISCIENTOS CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS OCHO PESOS M/CTE. ($1.640.411.308) y para la vigencia 2019, y por valor de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($37.500.000.000)

La Unidad Nacional De Protección aporta CATORCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE. ($14.578.762.861), serán cuantificado de conformidad con los bienes y servicios que corran por su cuenta.  LA UNP realiza el aporte técnico requerido para asegurar la adopción e implementación del esquema de protección de los Honorables Representantes a la Cámara, en razón a que es la Entidad que cuenta con el conocimiento técnico y específico para garantizar la protección integral, QUE NO SOLO CORRESPONDE AL ALQUILER DE VEHÍCULOS, sino que también se encuentran contemplados:

•          Hombres de protección que se otorgan a los Honorables Representantes a la Cámara, que de acuerdo con el estudio del nivel de riesgo requieran para su protección.

•          Chalecos blindados que se otorgan a los Honorables Representantes a la Cámara, que de acuerdo con el estudio del nivel de riesgo requieran para su protección.

•          Capacitaciones y cursos de autoprotección a los Honorables Representantes de la Cámara y al personal que está a cargo de su protección.

•          Vehículos seguidores que se que se otorgan a los Honorables Representantes a la Cámara que de acuerdo con el estudio del nivel de riesgo requieran para su protección.

•          Hombres de protección (incluye: salario y prestaciones, seguro de vida, chaleco, armamento y medio de comunicación), asignados a los Representantes de acuerdo con el estudio del nivel de riesgos requerido para su protección. 

Es necesario precisar que los estudios de seguridad realizados a los Honorables Representantes a la Cámara, son llevados a cabo por la Policía Nacional y con base a las resultas de los mismas se determina el nivel de riesgo de estos servidores a fin de implementar sus esquemas de seguridad, por ende, la asignación de vehículos y hombres de protección esto no depende de manera caprichosa Dirección Administrativa de la Cámara de Representantes.

Como cumplidores de la Ley, es importante recordar  que el Articulo 2.4.1.2.1 del Decreto 1066 de 2015 señala como objetivo del Estado organizar el Programa de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades que se encuentran en situación de riesgo extraordinario o extremo como consecuencia directa del ejercicio de sus actividades o funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias, o en razón del ejercicio de su cargo, en cabeza de la Unidad Nacional de Protección, la Policía Nacional y el Ministerio del Interior.

Que en el artículo 2.4.1.2.7 del Decreto 1066 de 2015 son personas objeto de protección en virtud del cargo, entre otros, a los Representantes a la Cámara y en su parágrafo 2º dispone que la protección de las personas mencionadas será asumida por la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección y la asignación de los recursos físicos será asumida por la entidad o Corporación a la cual estos se encuentran vinculados.

Que en el artículo 2.4.1.2.11  del Decreto 1066 de 2015 establece las medidas de protección en virtud del riesgo y en virtud del cargo, estableciendo los esquemas de protección y en su parágrafo único señala que la procedencia de los recursos físicos para la prestación de las medidas de protección a las poblaciones objeto en virtud del cargo, serán suministrados por las entidades del Estado o corporaciones públicas correspondientes, de conformidad con los acuerdos específicos realizados en cada evento.

Que el Decreto 1066 en el artículo 2.4.1.2.49 establece que, en desarrollo de las actividades de los programas de prevención y protección, los ejecutores del mismo podrán celebrar convenios de cooperación con otras entidades públicas o privadas y con organismos nacionales e internacionales, con sujeción a las normas legales vigentes, con el fin de recibir asistencia técnica o apoyo a través del suministro de recursos y medios destinados a la protección de los beneficiarios

Que la Ley 1150 de 2007, articulo 2, numeral 4, literal c, indica como modalidad de contratación directa los convenios interadministrativos, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la Entidad ejecutora.

Es preciso indicar, que la Cámara de Representantes con la suscripción de los diferentes convenios interadministrativos con la Unidad Nacional de Protección, ha desistido de la necesidad de adquirir vehículos nuevos para los congresistas, puesto que esta modalidad resulta más costosa para la Corporación ya que esto implica que la entidad deba contar con recursos y asumir costos por mantenimientos preventivos y correctivos, impuestos, póliza, seguros, revisión tecnicomecánica, suministro de combustible, exposición por perdida por accidente o hurtos, bodegaje, entre otros y por la modalidad de rentig o alquiler resulta más beneficiosa y menos costosa ya que estas obligaciones quedan en manos de un tercero.

Fuente:
Sistema Integrado de Información