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Ciudadano sorprendido portando armas blancas pagaría hasta 8 años de cárcel

Así lo propone un proyecto de ley radicado en el Congreso de la República.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Octubre 19, 2018 - 12:23
Armas blancas incautadas en Bogotá
Armas blancas incautadas en Bogotá
Colprensa

En los próximos días comenzará el estudio de un proyecto de ley en el Congreso que pretende sancionar a quienes, sin autorización, porten armas blancas en el territorio nacional.

La iniciativa propone penas entre cuatro (4) y hasta ocho (8) años de cárcel para quien “importe, trafique, fabrique, transporte, distribuya, venda, suministre y/o porte armas blancas”.

Según el proyecto, se entiende como arma blanca los siguientes elementos: “cuchillos, navajas, machetes, hachas, garfios, bisturí, hojillas de afeitar, tijeras, aquellas que haya establecido la ley como tal y/o cualquier otro elemento que haya sido alterado en su forma sacándole filo para utilizarlo como objeto corto punzante”.

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El texto deja claramente definido que quedarán exonerados del castigo quienes utilicen este tipo de elementos en actividades domésticas, laborales o educativas.

La exposición de motivos asegura que el asesinato de personas con arma blanca está creciendo en el país. En el 2017, según un informe de Medicina Legal, se presentaron 2.521 homicidios con estos objetos y los casos han ido creciendo en los últimos meses.

El autor del proyecto, senador Eduardo Pulgar, señala que actualmente el porte de arma blanca tan solo es sancionado con una multa establecida en el Código de Policía, lo cual ha permitido el incremento de este flagelo.

Se establece además una causal de agravación en caso de reincidencia, para que la condena sea de ocho (8) a doce (12) años de prisión.

La propuesta también incrementa las penas para el porte ilegal de armas de fuego. “El que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fuego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, incurrirá en prisión de doce (12) a dieciséis (16) años. La pena será de dieciséis (16) a veinte (20) años de prisión, en caso de reincidencia”, establece.

Además, se plantea que haya prisión hasta de 20 años para quien porte o trafique con armas de uso restringido y de uso privado de las Fuerzas Armadas.

Fuente:
Sistema Integrado de Información