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Investidura de Iván Márquez es demandada ante Consejo de Estado

Según los argumentos del abogado demandante, ello obedece a que no se posesionó en el tiempo establecido.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Agosto 1, 2018 - 10:00
Iván Márquez, integrante de la colectividad de las Farc
Iván Márquez, integrante de la colectividad de las Farc
Colprensa

El abogado pereirano Daniel Silva radicó este martes la Secretaría General del Consejo de Estado una demanda de pérdida de investidura del congresista electo de la Farc, Luciano Marín Arango, más conocido como Iván Márquez, ello en virtud, a que el senador dejó pasar el tiempo para tomar posesión de su cargo. 

Consideró el abogado demandante, que pasados los plazos establecidos por la ley, el ciudadano al no tomar posesión oficial de su curul incurrió en un hecho que contraviene el ordenamiento jurídico del país.

“Al no tomar posesión del cargo incurrió en una causal de pérdida de investidura, ya que todos los servidores públicos elegidos por votación popular tienen un plazo para la posesión, y en el caso de los congresistas, este es de ocho días después de instalado el Congreso de la República, lo cual se dio el pasado 20 de julio”, justificó el abogado.

En igual sentido, precisó que pasados más de ocho días aún no ha presentado ninguna nota donde manifieste fuerza mayor para tomar posesión del cargo, lo cual da causal de pérdida de investidura, y por ende, le dará pie a la muerte política que lo inhabilita para ser elegido nuevamente en cargos de elección popular.

Según el abogado Silva, la causal de pérdida de investidura por este caso está establecida en el numeral tercero del artículo 183 de la Constitución Política Nacional, toda vez que con su actuación desatendió el ordenamiento jurídico vigente.

Sobre el procedimiento a seguir en la alta corte, el abogado Silva señaló que este año hay un nuevo procedimiento legal para el trámite jurídico de este tipo de casos de pérdida de investidura, el cual lleva la decisión a dos instancias, y no solamente una como estaba estipulado el año anterior.

Fuente:
Sistema Integrado de Información