Reforma a la salud: Congreso solicitó concepto del Consejo de Estado sobre el proyecto
El presidente del Congreso, Roy Barreras, pidió al Gobierno Nacional que eleve una consulta ante la Sala de Consulta.
Alrededor de 25 congresistas alertaron que podría existir un error de procedimiento en la radicación de la reforma a la salud, que se presentó como una ley ordinaria y no como una ley estatutaria.
Para el Gobierno, el proyecto debe discutirse en las Comisiones Séptimas de Senado y Cámara porque se trata de una modificación de la Ley 100. Sin embargo, otra cosa consideran numerosos legisladores, que advierten que debe ser un trámite estatutario por las Comisiones Primeras, porque aborda asuntos relacionados con el derecho fundamental a la salud y el mismo no puede hacerse durante sesiones extraordinarias.
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Ante estas dudas, el presidente del Congreso, Roy Barreras, pidió al Gobierno Nacional que eleve una consulta ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, para que sea esta entidad la que determine si la reforma a la salud debe tramitarse como una ley estatutaria o como una ley ordinaria.
“He pedido al señor ministro del Interior, Alfonso Prada, solicite a la Sala de Consulta del Honorable Consejo de Estado su concepto sobre la naturaleza (Estatutaria u Ordinaria) de la Reforma a la Salud a solicitud de 25 Congresistas. Su trámite continuará por Cámara una vez se expida el decreto”, señaló.
Sin embargo, Roy Barreras considera que el trámite de la ley debe ser ordinario, según un concepto jurídico que elaboraron sus asesores en la Presidencia del Senado.
“Tal y como he dicho desde esta mañana como autor de la Ley Estatutaria en Salud considero que esta reforma desarrolla la Ley y por tanto es ordinaria (ver SC 902 de 2011). La Reforma no se detendrá en su trámite en las Comisión Séptima”, sostuvo.
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Sin embargo, las Comisiones Primeras de Senado y Cámara reclamaron la competencia para estudiar la reforma a la salud, tras considerar que algunos aspectos de la propuesta legislativa modifican temas desarrollados en la ley 1751, que es estatutaria.