Día sin Carro y sin Moto en Bogotá cambia de fecha: no se vaya a confundir
El cambio al Día sin Carro y sin Moto en Bogotá se decidió por petición de los gremios económicos.
La Secretaría Distrital de Movilidad tenía previsto que el próximo viernes 22 de septiembre se celebraría el segundo Día sin Carro y sin Moto en Bogotá, en el que no podrían circular vehículos y motos particulares entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m. Sin embargo, la administración distrital anunció un cambio y no se hará ese viernes.
Esto debido a una serio observaciones por parte de varios gremios económicos, como centros comerciales, parques de diversiones, conductores y bares, que mostraron su inconformidad pues el viernes es uno de los días de más movimiento económico, sobre todo porque septiembre es el mes del Amor y la Amistad.
"Un porcentaje muy importante de los ingresos de la semana se generan en ese día, como el sector de bares, restaurantes, centros comerciales y parques de diversiones; cerca del 30% de los ingresos de la semana se explican por la jornada del día viernes", explicó el secretario de Desarrollo Económico, Alfredo Bateman.
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Día sin carro y sin moto en Bogotá: nueva fecha
En ese sentido, el nuevo Día sin Carro y Sin Moto será el jueves 21 de septiembre, entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m., horario en el que no podrán circular motos y carros en Bogotá.
De esta forma, la jornada se alinea "completamente con los mensajes de una Bogotá sostenible y la reactivación económica que tanto necesita la ciudad", dijo Deyanira Ávila, secretaria de Movilidad.
Recuerde que incumplir esta medida traerá multas de hasta $522.000 y además la inmovilización del vehículo
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Vehículos podrán transitar en el día sin carro y sin moto en Bogotá
- Transporte público
- Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos
- Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte
- Vehículos de emergencia y asistencia
- Transporte escolar
- Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros
- Vehículos y motocicletas de las empresas de transporte de servicios públicos domiciliarios
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada
- Carrozas fúnebres
- Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio
- Vehículos de transporte de valores
- Vehículos y motocicletas para el control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad
- Caravana presidencial
- Vehículos y motocicletas militares, de la Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado
- Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular
- Transporte asignado por la Unidad Nacional de Protección a personas que tengan medidas de protección
- Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público
- Transporte para el control de emisiones y vertimientos