Suspenden el cobro de comparendos por fotomultas en Bogotá
Los conductores sorprendidos por las cámaras debían pagar una multa económica dependiendo de la infracción.
La Secretaría de Movilidad en Bogotá anunció que los infractores que fueron detectados a través de fotomultas por las cámaras de control de velocidad van a recibir comunicaciones informativas, es decir, que las sanciones económicas se suspenden.
"Estamos enviando avisos informativos a los presuntos infractores, mientras estudiamos la sentencia de la Corte Constitucional y avanzamos con base en los lineamientos del Alto Tribunal que calificó como constitucional el sistema de fotodetección”, afirma la entidad.
Cabe señalar que la Corte Constitucional emitió recientemente una sentencia que salva a los dueños de los vehículos de pagar las infracciones de tránsito que cometen los conductores, a través de fotomultas.
En su decisión, ese tribunal concluyó que ese tipo de infracciones las debe pagar la persona que comete la falta y no el dueño del vehículo.
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De la misma forma, la Corte Constitucional declaró inexequible el parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, “por medio de la cual se regula la instalación y puesta en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones”.
La norma convertía solidariamente como responsable al dueño del vehículo de las infracciones que cometiera el conductor. En la sentencia, se lee que “la solidaridad prevista en la legislación civil no es plenamente aplicable a las sanciones impuestas por el Estado”.
En ese sentido, el tribunal advirtió que en el momento en el que las autoridades pretendan hacer cumplir la sanción, deben demostrar que el conductor efectivamente tuvo responsabilidad solidaria en la falta.
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Cabe mencionar que en Bogotá los conductores multados por esas cámaras debían pagar una multa económica dependiendo de la infracción cometida. Esta medida había comenzado a regir el pasado 25 de mayo.