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Consejo de Estado confirma nulidad del nombramiento de embajador de Colombia en México

Con esta decisión, el embajador Álvaro Moisés Ninco Daza queda definitivamente fuera del cargo.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Agosto 9, 2024 - 16:59
Álvaro Moisés Ninco Daza, embajador de Colombia en México
Álvaro Moisés Ninco Daza, embajador de Colombia en México
Facebook: Moisés Ninco Daza

El Consejo de Estado confirmó la nulidad del nombramiento de Moisés Ninco Daza como embajador de Colombia en México, luego de resolver un recurso contra la decisión que sacó a Daza del cargo por determinación del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. 

El tribunal estudió los argumentos del recurso y concluyó que no se evaluaron los comentarios presentados por el sindicato de cartera diplomática y tampoco se cumplieron con los plazos establecidos para hacer la publicación de la hoja de vida de Daza como candidato. 

“No evaluó los comentarios presentados por el sindicato Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular, y no cumplió con el término de los tres días calendario para la publicación de la hoja de vida del candidato, antes de proferirse la designación de Ninco Daza”, dice el pronunciamiento. 

El tribunal menciona que, durante el estudio del caso, encontraron que no se permitió la participación ciudadana, pues afirman que no se hizo una evaluación previa de las observaciones presentadas por uno de los sindicatos con respecto a la propuesta del presidente Gustavo Petro de nombrar a Ninco Daza. 

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“La Sala Electoral encontró que existió una violación al derecho de participación ciudadana, porque no se hizo una evaluación previa al nombramiento, de las observaciones presentadas por el sindicato UNIDIPLO frente a la intención del primer mandatario de nombrar al señor Álvaro Moisés Ninco Daza”, añade el Consejo de Estado. 

En la decisión del Tribunal Administrativo, alegaban que no se acreditó la experiencia necesaria para ocupar el cargo, pero para los magistrados de primera instancia, se aplicó de manera correcta la compensación excepcional de requisitos. 

“Al haberse autorizado por la mayoría de la Comisión de Evaluación de los Méritos conformada por quienes eran los competentes, no prospera el cargo de nulidad contra el acto administrativo demandado", menciona el documento. 

Con esto el embajador queda definitivamente fuera del cargo pues esta decisión no tiene un recurso que permita controvertir lo considerado por los magistrados. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información