Corte determina afectación a los wayúu por minería del Cerrejón
La sentencia ordenó traducir la decisión, entregarla a accionistas extranjeros y adoptar medidas para proteger a la comunidad indígena.
Tras revisar una tutela de la comunidad del resguardo indígena wayúu provincial, ubicada en el departamento de la Guajira, la Corte Constitucional encontró cinco afectaciones, producto de la actividad minera a cielo abierto que adelanta la empresa Carbones del Cerrejón Limited en la región.
Polvillo de carbón al interior de los hogares de la comunidad, cenizas de carbón y otras particulas en los vertimientos de agua que pasan por los alrededores de la minera y del resguardo, hollín sobre la flora y la fauna cercana a las empresa, mezcla de químicos y gases que, al parecer, son los causantes de diversas enfermedades de los integrantes de la comunidad y presencia de concentraciones de este material que superan los límites exigidos a nivel nacional e internacional.
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Los hallazgos de la Corte desmentirían a la empresa Cerrejón que aseguró al alto tribunal que su actividad minera, a cielo abierto, cumplía con los más altos estándares y valores límite de concentración y que no existían pruebas suficientes para demostrar que sus labores de extracción estuvieran ocasionando perjuicios a la salud o al ambiente de la comunidad.
La comunidad indígena había denunciado que la explotación minera adelantada a menos de dos kilómetros de su resguardo, estaría generando múltiples afectaciones a su ecosistema y salud, mediante la contaminación del aire de la zona, cuerpos de agua aledaños y la fauna y flora circundantes.
Así las cosas, la Corte ordenó a la empresa Cerrejón adoptar una serie de medidas encaminadas a la protección de la comunidad wayúu, entre ellas, control de emisiones de material de particulado, limpieza exhaustiva de polvillo de carbón, disminuir el nivel de ruidos que producen sus operaciones, impedir eficazmente la contaminación de fuentes hídricas y la prevención de incendios que se generan en los mantos de carbón de la empresa.
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Pero la Corte fue más allá al hacer un fuerte llamado de atención a las autoridades ambientales por no sancionar a Cerrejón. “Las entidades de control ambiental como Corpoguajira y la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla) corroboraron incumplimientos, por parte de la empresa Carbones del Cerrejón, pero no adoptaron las sanciones correspondientes y no adoptaron medidas suficientes para proteger a la población indígena”,afirmó el alto tribunal.
También se ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social crear una brigada de salud para valorar a los habitantes del resguardo indígena.
La Gobernación de la Guajira y la Alcaldía de Barrancas también deben asegurarse de que los habitantes del resguardo tiene acceso a un mínimo de agua potable para cubrir sus necesidades básicas.
Por su parte, la empresa Carbones del Cerrejón Limited debe traducir la decisión al inglés y entregarla a sus sociedades accionistas, Anglo American, BHP Billiton y Glencore, para que valoren la necesidad de adoptar estrategias adicionales para proteger a la comunidad indígena.