Límites máximos de velocidad: nuevos cambios a la norma en Colombia
La velocidad máxima para vías urbanas, carreteras y zonas escolares en Colombia quedó así.
Uno de los grandes objetivos de las autoridades en Colombia es lograr a toda costa una reducción en las cifras de accidentalidad en las vías.
Por eso, se han venido tomando medidas en el Gobierno Nacional encaminadas a establecer nuevos límites de velocidad en las calles, vías y carreteras del país.
Al respecto, se fijó la velocidad límite para las diferentes áreas metropolitanas y departamentos de categorías especiales 1, 2 y 3.
William Camargo, el ministro de Transporte, dijo que ese mismo cambio que ordenó su despacho en los límites de velocidad va a tener una incidencia directa en una baja en las cifras de siniestralidad vial a nivel nacional.
Al respecto, Lina Huari, directora (e) de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, dijo que el exceso de velocidad es unos de los principales riesgos de los actores viales en la vía, asociados a la siniestralidad.
Límites de velocidad en Colombia: nueva medida establecida
- Límite de velocidad en vía urbanas y carreteras municipales no puede ser superior a los 50 kilómetros por hora
- Límite de velocidad en zonas escolares y residenciales no puede ser superior a los 30 kilómetros por hora
- Límite de velocidad en carreteras nacionales y departamentales no puede ser superior a los 90 kilómetros por hora
- En el caso de vías de doble calzada que no contengan dentro de su diseño pasos peatonales, la velocidad máxima podrá ser superior a los 120 kilómetros por hora
Límites de velocidad, ¿quién debe hacer cumplir la norma?
Las autoridades de tránsito municipales y departamentales son las que se deben encargar de la aplicación de los nuevos límites de velocidad en todo el país.
Por eso, también deben poner la señalización de los límites de velocidad que se establecen a través de una resolución del Ministerio de Transporte.
Estos cambios en los límites de velocidad deben ser aplicados en un plazo de doce meses que se inician a partir de la entrada en vigencia de la resolución.