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Pico y Placa en Bucaramanga: así funcionará la restricción este sábado 13 de julio

El Pico y Placa en Bucaramanga sufrió una rotación en su esquema a partir del 2 de julio.

Publicado:
Actualizado:
Sábado, Julio 13, 2024 - 08:07
Pico y Placa en Bucaramanga
Pico y Placa en Bucaramanga para el lunes 2 de septiembre de 2024
Dirección de Tránsito de Bucaramanga

A través de la Resolución 626 de 2023, se emitió un nuevo modelo de Pico y Placa en Bucaramanga, que rotará cada tres meses. Esta medida entró en vigencia desde el pasado martes 2 de julio, teniendo en cuenta que el día anterior fue festivo.

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga indicó que las restricciones aplicarán para todo tipo de vehículos de servicio particular y público (excepto taxis), al igual que vehículos oficiales, diplomáticos, consulares, de importación temporal y/o matrícula extranjera.

A diferencia de otras ciudades en Colombia, en Bucaramanga la medida no solamente rige de lunes a viernes en un horario de 6:00 a.m. a 8:00 p.m., sino que también se extiende los sábados desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 p.m.

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¿Cómo funcionaba el Pico y Placa en Bucaramanga?

Hasta el domingo 30 de junio, el Pico y Placa en Bucaramanga operaba de la siguiente manera:

  • Lunes: placas terminadas en 1 y 2
  • Martes: placas terminadas en 3 y 4
  • Miércoles: placas terminadas en 5 y 6
  • Jueves: placas terminadas en 7 y 8
  • Viernes: placas terminadas en 9 y 0

Los sábados, la rotación comenzó el 6 de abril, iniciando con las placas terminadas en 5 y 6, y continuando con las demás terminaciones.

¿Cómo funcionará para este 13 de julio?

Con el nuevo esquema, para el sábado 13 de julio no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 3 y 4. Sin embargo, la restricción solamente va desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 p.m.

De acuerdo a la resolución emitida por la autoridad municipal, hay cierto tipo de vehículos que están exentos de la medida; por lo tanto, no necesitan ninguna autorización para transitar. Algunos de ellos son:

  • Los destinados a carrozas fúnebres y que prestan servicios funerarios.
  • Los que utilizan miembros del gabinete municipal de Bucaramanga y del departamento de Santander.
  • Quienes cuenten con motores eléctricos debidamente matriculados.
  • Los que se desempeñan en el transporte público de pasajeros.
  • Los adscritos a caravanas presidenciales, vehículos oficiales, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, recolectores de basura. Estos deben estar debidamente identificados.
  • Los que hacen parte de las Fuerzas Militares y de Policía.
  • Los que están afiliados a empresas de servicios públicos y mantenimiento de redes.
  • Los que son de propiedad de los medios de comunicación. 

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Cabe recordar que quienes incumplan la restricción, recibirán una multa de 15 salarios mínimos, lo que equivale a unos 650.000 pesos. Además, el vehículo será inmovilizado, tal como establece el Código Nacional de Tránsito.

Fuente:
Sistema Integrado Digital