Suspensión de alcaldes: Procuraduría defiende nuevo Código Disciplinario
La funcionaria cuenta con la facultad para investigar y sancionar a funcionarios de elección popular.
La procuradora Margarita Cabello Blanco defendió las reglas del nuevo Código Disciplinario que le dieron facultad de juez para investigar y sancionar a funcionarios de elección popular, tras las críticas que ha recibido la entidad por la suspensión provisional del alcalde de Medellín, Daniel Quintero, y el alcalde de Ibagué, Andrés Hurtado.
“Mientras esas normas estén vigentes en un Código Disciplinario, la Procuraduría General tiene que hacerlas cumplir y lo hará de manera objetiva, equitativa y eficiente porque el nuevo código es garantista bajo las garantías del debido proceso y el respeto a la defensa”, dijo Cabello.
La procuradora Sonia Téllez, por su parte, explicó que la Constitución de 1991 le dio facultades a la entidad de investigar y sancionar a funcionarios públicos de elección popular. “El legislador lo que hace es que le atribuye función jurisdiccional para que se amplíe la función disciplinaria, desde el mismo momento que inicia la investigación hasta la sanción disciplinaria”, señaló la procuradora Téllez al explicar el nuevo Código Disciplinario.
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Actualmente, ese nuevo Código Disciplinario está demandado ante la Corte Constitucional, razón por la cual, la procuradora Cabello dijo que esperarán la decisión de fondo, mientras tanto, seguirán aplicando la función de juez que les otorgó esa reforma.
“La competencia de la Procuraduría está dada hoy desde la constitución y por el legislador (con el nuevo código disciplinario) como una respuesta de armonización del Estado Colombiano a los presupuestos que ordenó la Corte Interamericana de Justicia (Corte IDH), dijo la procuradora Téllez.
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Desde la Procuraduría explicaron que será la Corte Constitucional que determine si el nuevo Código Disciplinario cumple con lo ordenado por el fallo internacional en el caso de Gustavo Petro contra la Nación por la destitución e inhabilidad que le impuso en el 2014 el entonces procurador Alejandro Ordóñez.
En medio de ese estudio de demanda la Corte IDH advirtió a la Corte colombiana que el nuevo Código Disciplinario no cumplía con las órdenes que se emitieron en ese fallo internacional.
El documento es el resultado de un seguimiento que hace la Corte IDH a su sentencia, en el cual advierte que lo que se ordenó fue eliminar funciones de la Procuraduría sobre las sanciones disciplinarias contra funcionarios públicos de elección popular.
La Corte IDH señala que la Procuraduría no puede sancionar, al contrario, ese fallo lo deberá emitir un juez penal.