Tumban sanción a Sociedad Colombiana de Arquitectos por consultoría para obras en el Dorado
La Contraloría había impuesto una sanción de 545 millones de pesos en ese caso.
El Consejo de Estado tumbó el fallo de la Contraloría que condenó a la Sociedad Colombiana de Arquitectos al pago de una millonaria indemnización por un contrato de consultoría para el desarrollo de obras en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá.
La sanción impuesta por esa entidad contemplaba pagar como indemnización un monto de 545 millones de pesos y una inhabilidad de cinco años por un supuesto detrimento patrimonial.
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El proceso emprendido por la Contraloría, se fundamentó en un contrato de consultoría en el cual la Sociedad Colombiana de Arquitectos debía desarrollar un concurso arquitectónico para el desarrollo de una obra de 13.000 millones de pesos en el aeropuerto El Dorado de Bogotá, que estaba a cargo de la Aeronáutica Civil.
Para el Consejo de Estado, en este caso la Contraloría no logró demostrar la ocurrencia de dicho detrimento patrimonial.
Cabe mencionar que la Sociedad Colombiana de Arquitectos presentó una demanda de nulidad y el restablecimiento del derecho contra la decisión de la Contraloría.
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"Las pretensiones de la accionante estaban encaminadas a recuperar los dineros que hubiera tenido que pagar por cuenta de la sanción; a que se le repararan los daños generados por la inhabilitación para contratar con el Estado; a recuperar su capacidad para celebrar ese tipo de gestiones contractuales y a ser resarcida moralmente por los daños causados a raíz del fallo fiscal", indicó el Consejo de Estado.
A juicio de la Contraloría, la manera como se pactó el valor de los honorarios a favor de la Sociedad Colombiana de Arquitectos se produjo en el marco indebido de las normas que rigen este tipo de procesos, pues se incluyó un factor multiplicador en el valor de la consultoría equivalente al 1.5 de los gastos operativos.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca también declaró la nulidad parcial del fallo fiscal y concluyó que la fórmula que se aplicó para tasar el valor del contrato fue más beneficiosa para la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil y menos onerosa para el erario.