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Bono pensional: cómo cobrar este dinero y quiénes pueden reclamarlo

El bono pensional hace referencia al dinero que se cotizó durante varios años en un fondo privado o público antes de cambiarse a otro lado.

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Actualizado:
Jueves, Agosto 3, 2023 - 08:41
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Colprensa

Desde que las personas comienzan su vida laboral, ya sea de forma independiente o como empleados, están obligados a cotizar salud y pensión.

Uno de los temas que más dudas genera a millones de trabajadores colombianos es el bono pensional, pues en ocasiones no hay claridad de quienes lo pueden obtener y en que momento lo pueden hacer. 

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Se entiende como bono pensional a un título valor, el cual representa los aporte que se realizaron a Colpensiones, cajas de o empresas públicas y privadas reconocedoras de pensión, para el traslado a un Fondo de Pensión. 

Es importante aclarar que equivocadamente algunos trabajadores creen que el bono pensional se puede pedir igual que las cesantías y estas dos son cosas totalmente distintas, pues el bono no se puede solicitar para necesidades de vivienda, estudio o desempleo.

El bono pensional hace referencia al dinero que se cotizó durante varios años en un fondo privado o público antes de cambiarse a otro lado, ejemplo, cuando un trabajador pase de Colpensiones a Porvenir o de manera contraria. 

Qué personas tienen derecho a solicitar el bono pensional 

De acuerdo a información dada por el Ministerio de Hacienda, las personas que tiene derecho del bono pensional, son aquellas que hayan cotizado mínimo 150 semanas, es decir, 3 años, antes de hacer el cambio a otro fondo de pensión. 

De igual manera, la edad estipulada para poder hacer efectivo el bono pensional, es para las mujeres a los 60 años y en el caso de los hombres a los 62 años de edad. 

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Para aquellas personas que tienen una pensión de invalidez y sobrevivientes, se hace efectivo en el momento que suceda la invalidez o muerte del cotizante. 

Para solicitar el bono pensional se debe hacer por medio de la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 

Tipos de bonos pensionales

Debe tener en cuenta que existen cinco bonos pensionales y cada uno se acomoda diferentes situaciones de los trabajadores cotizantes. 

  • Tipo A: este hace referencia al que tienen los trabajadores que pasan de Copensiones a un fondo privado. 
  •  Tipo B: este es en espacial para los servidores públicos que no se encontraban en el régimen de prima media y entran a este. 
  • Tipo C: Es para los trabajadores que pasaron del régimen de prima media al fondo de prevención social del Congreso.
  • Tipo D: Funciona para las personas que pasan del régimen de prima media a Ecopetrol. 
  • Tipo T: Va dirigido a las personas que pasan del Instituto del Seguro Social a Colpensiones. 
Fuente:
Sistema Integrado Digital