Breadcrumb node

¿Debo pagar el 4X1000 si tengo un CDT? Esto dice la ley

Los CDTs en los últimos años han tenido una gran popularidad, pero existen varias dudas respecto a la inversión. Aquí en La FM le respondemos algunas.

Publicado:
Actualizado:
Domingo, Julio 21, 2024 - 12:54
Dinero y persona preocupada
Los CDTs se han convertido en una buena opción de ahorro.
Foto de Nataliya Vaitkevich: Pexeles

Los Certificados de Depósito a Término (CDTs) son uno de los instrumentos de ahorro más populares y tradicionales en Colombia. Los CDTs son productos financieros que ofrecen las entidades bancarias, en los cuales los ahorradores depositan una suma de dinero durante un período de tiempo determinado, a cambio de una tasa de interés fija

Los CDT son valorados por su estabilidad y bajo nivel de riesgo, lo que los hace una opción particularmente atractiva en el contexto económico actual. Con tasas de interés que superan el promedio del mercado, estos certificados son una excelente elección para quienes desean proteger sus ahorros y obtener rendimientos satisfactorios.

Lea también: Los mejores CDT para invertir en julio: varios pagan por encima del 11%

Actualmente, muchos colombianos están considerando el ahorro a mediano y largo plazo. En respuesta a esta tendencia, los Certificados de Depósito a Término (CDT) se han consolidado como una opción de inversión confiable y rentable. Sin embargo, existen varias dudas respecto a la inversión en un CDT, por eso aquí en La FM le respondemos algunas. 

CDT BANCOLOMBIA
Los usuarios de Bancolombia pueden hacer hasta 15 transferencias siempre y cuando no superen los topes diarios de $3'000.000.
Freepik y Pixabay

Con la proximidad del periodo de pago de la declaración de renta, uno de los impuestos más relevantes en Colombia, la fintech MejorCDT ha aprovechado para aclarar algunas dudas sobre el pago de impuestos y otras obligaciones asociadas a los Certificados de Depósito a Término (CDTs). David Susa, CTO de MejorCDT, explica los mitos y realidades que rodean a esta forma de inversión.

Mito: los CDTs obligan a pagar impuestos adicionales y el 4X1000

Realidad: 

La transferencia de dinero desde su cuenta a la entidad para abrir un CDT puede estar sujeta al 4X1000 dependiendo de dónde se tienen los recursos y el monto. Si supera las 350 UVT o si el dinero está en una cuenta no exenta, se aplicará el pago. Sin embargo, si la persona declara renta, puede deducir hasta el 50% del valor del 4X1000, según el artículo 115 del estatuto tributario.

De interés: ¿Cuál es el monto mínimo para abrir un CDT? Hay opciones desde $50.000

Al vencimiento y devolución del dinero, el banco asume el costo del 4X1000. Susa recomienda ser estratégico al mover el dinero para evitar que la carga impositiva recaiga en su bolsillo. Por ejemplo, si está ahorrando para la cuota inicial de un apartamento, puede pedir al banco que consigne el dinero directamente a la constructora al vencimiento del CDT, evitando así el 4X1000.

Mujer contando dinero y haciendo cuentas
Los CDT se destacan por ofrecer una rentabilidad garantizada y un riesgo mínimo.
Foto de Tima Miroshnichenko: Pexeles

Mito: las ganancias de los CDTs implican pérdida de la inversión inicial por seguridad social

Realidad:

Las ganancias de un CDT mayores al salario mínimo están sujetas al pago de seguridad social, pero este pago corresponde solo a un porcentaje de las ganancias generadas, no sobre la inversión inicial. "Esto garantiza que los inversionistas no pierdan su capital inicial ni dejen de obtener rendimientos," resalta Susa.

Además, estos aportes suman a la pensión, es decir, no es dinero perdido. Y si la persona ya está pensionada, no necesita hacer este aporte.

Mito: los CDTs no son rentables por los pagos obligatorios asociados

Realidad: 

Los CDTs siguen siendo una opción de inversión segura y rentable. Las obligaciones sobre las ganancias, como el pago de seguridad social, aplican a todas las inversiones que generan rendimientos y no exclusivamente a los CDTs. Cumplir con estas normativas no sacrifica la rentabilidad del inversionista.

Fuente:
Sistema Integrado Digital