Prima navideña para los pensionados: ¿Cuándo deben recibirla?
Al igual que los trabajadores, los pensionados en Colombia también tienen el derecho de recibir la prima navideña.
A medida que nos acercamos a la temporada navideña, numerosos empleados colombianos ya están calculando el monto que recibirán en diciembre.
Es importante señalar que el Código Sustantivo del Trabajo establece que todos los trabajadores tienen derecho a recibir la prima navideña, que constituye la segunda bonificación del año.
"La prima de servicios es la retribución que hace el empleador por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador. Esta prestación consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos, la cual se paga en dos cuotas durante el año. La primera en el mes de junio y la segunda durante los primeros veinte (20) días del mes de diciembre", indica el Gobierno Nacional.
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De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, todos los trabajadores tienen el derecho de recibir esta prima, la cual equivale a $605.303, es decir, la mitad de un salario mínimo.
Al igual que las personas que están vinculadas con una empresa reciben prima, los pensionados también la reciben para final de año.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que para calcular el monto que reciben los pensionados en la prima navideña se hace de manera diferente.
Cuánto dinero reciben de prima navideña los pensionados en Colombia
Si la persona se jubiló antes del 25 de julio de 2005 con una pensión inferior a 15 salarios mínimos, recibirá la 'mesada 14' en junio. Lo mismo aplica si se jubiló entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, con una pensión menor a 3 salarios mínimos.
Este sistema divide el total anual en 13 pagos mensuales, y la 'mesada 13' en junio funciona como una especie de 'prima navideña' respaldada por la Ley 4 de 1976, que garantiza un salario extra a los pensionados.
Esto quiere decir que los pensionados podrán recibir para el mes de diciembre $1′160.000 de la pensión más otro $1′160.000 de la prima navideña, es decir, $2.320.000.
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Cuándo reciben la prima navideña los pensionados en Colombia
Según el artículo 306 del Código del Trabajo, esta pensión la deben recibir los pensionados los primeros 20 días de diciembre, de no ser así los beneficiados podrán presentar su respetivo recurso.