¿Qué trabajadores en Colombia no podrán recibir la prima de Navidad?
La ley en Colombia establece que la prima de servicios se paga en los meses de junio y de diciembre.
El mes de diciembre es una de las fechas más esperadas durante el año en Colombia no solamente por el hecho de festejar las fiestas de Navidad y de fin de año, sino también porque muchos trabajadores recibirán la prima como un pago adicional a su salario ordinario.
Hay quienes aprovechan este incentivo para comprar la ropa o los regalos de Navidad con tal de celebrar la ocasión al lado de su familia y de sus seres queridos. Asimismo, hay otros que lo usan para irse de viaje o para suplir algunas necesidades en su hogar.
¿De qué se trata la prima de servicios?
Según indica el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios consiste en una prestación social que corresponde a 30 días de salario por año. Esta se realizará en dos pagos que cada empleador deberá realizar a más tardar el 30 de junio y el 20 de diciembre.
Le puede interesar: Salario mínimo: cuánto debería aumentar para el 2025, según la inteligencia artificial
La prima se estableció como un ingreso adicional para reconocer el servicio que cada trabajador le presta a su empleador. Por lo tanto, este último está obligado a cumplir con el respectivo pago en los plazos definidos por la ley; de lo contrario, deberá asumir una millonaria sanción.
Ahora bien, no todos los trabajadores en Colombia tienen derecho a recibir este incentivo en diciembre, pues quienes manejen los siguientes vínculos de empleo no lo podrán disfrutar.
- Trabajadores independientes: Son personas que, al trabajar por su propia cuenta, no tienen un vínculo formal con una empresa; por ende, no cuentan con prestaciones sociales, incluyendo la prima de servicios.
- Trabajadores bajo contrato de prestación de servicios: Este tipo de contrato no establece una relación directa entre el trabajador y la empresa, por lo que esta última no está obligada a reconocer la prima.
- Trabajadores transitorios: Estos son contratados por un tiempo limitado, pero no celebran un contrato fijo con su empleador. Esto significa que no recibirán la prima.
- Trabajadores que reciben un salario integral: El salario que reciben estos trabajadores incluye todas las prestaciones en un solo monto; entre ellas, la prima.
- Trabajadores temporales: Estos solamente son contratados para realizar ciertas funciones por un determinado período de tiempo.
- Vinculados por contrato de aprendizaje: El contrato de aprendizaje fue diseñado para complementar la formación profesional de cada estudiante, por lo que un practicante no tiene derecho a la prima.
¿Qué factores influyen en el valor a pagar en la prima de Navidad?
De acuerdo al artículo 33 del Decreto 1045 de 1978, hay siete factores que inciden en el valor final que se va a pagar en la prima de diciembre a aquellos trabajadores que se desempeñaron a lo largo de un año civil:
- Sueldo básico que corresponde al cargo
- Incrementos por antigüedad definidos en los artículos 49 y 97 del Decreto 1042 de 1978.
- Gastos de representación
- Prima técnica
- Prima de servicios
- Prima de vacaciones
- Auxilios de alimentación y transporte
- Bonificación por los servicios prestados.
Vea también: Prima de diciembre: Estas son las fechas de pago y así puede saber cuánto dinero recibe
¿Cómo se calcula la prima de Navidad?
Para calcular el valor de la prima de Navidad, se tiene en cuenta el salario del empleado con corte al 30 de noviembre. Este se multiplica por el número de días que trabajó durante el segundo semestre del año; al final, este resultado se divide entre 360.
Por ejemplo, si una persona gana el salario mínimo (1.300.000 pesos para el 2024), y además laboró los 180 días correspondientes al segundo semestre del año, recibirá un ingreso adicional de 650.000 pesos.