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Responden cuáles son los pensionados que están obligados a declarar renta este 2024: tome nota

Para el año fiscal 2024, la DIAN ha introducido algunas novedades importantes que los contribuyentes deben tener en cuenta.

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Actualizado:
Lunes, Junio 24, 2024 - 22:19
Billetes y un adulto mayor con una mujer sonriendo
El nuevo sistema de pensiones se estructura en cuatro pilares fundamentales.
Foto de Andrea Piacquadio: Pexeles

La declaración de renta es un proceso anual en el que los contribuyentes colombianos, tanto personas naturales como jurídicas, deben reportar sus ingresos, gastos, deducciones y otros aspectos financieros al Estado a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este procedimiento es esencial para determinar el monto de los impuestos que cada contribuyente debe pagar o, en algunos casos, el saldo a favor que pueden reclamar.

Para el año fiscal 2024, la DIAN ha introducido algunas novedades importantes que los contribuyentes deben tener en cuenta. Entre ellas, destacan cambios en las tarifas impositivas, modificaciones en los umbrales de ingresos que obligan a declarar, así como nuevas disposiciones relacionadas con la facturación electrónica y los beneficios fiscales por inversiones en sectores específicos de la economía.

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Qué pensionados deben declarar renta este 2024

Según el Estatuto Tributario, los pensionados en Colombia que reciben una mesada inferior a 1.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalente a $47 millones, están exentos de presentar declaración de renta. No obstante, aquellos que superen este límite deberán declarar sus ingresos, patrimonio y otras transacciones financieras.

Requisitos para la declaración de renta este  2024

Para el año fiscal 2023, los pensionados que deben presentar declaración de renta son aquellos que alcanzan los siguientes umbrales:

  • Patrimonio bruto: Si al 31 de diciembre de 2023 supera los $190,854,000.
  • Ingresos totales: Más de $59,377,000.
  • Consumos con tarjeta de crédito: Superiores a $59,377,000.
  • Compras y consumos: Excedan $59,377,000.
  • Consignaciones bancarias acumuladas: Más de $59,377,000.

Además, los pensionados deben actualizar su estatus en el Registro Único Tributario (RUT), cambiando su actividad económica a '0020 Pensionado'.

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Los ingresos que obligan a declarar incluyen pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y riesgos laborales, así como indemnizaciones sustitutivas de las pensiones y devoluciones de saldos de ahorro pensional. Si el pensionado tiene otra actividad económica, esta debe estar registrada en el RUT con la fecha desde que se ejerce, especialmente si genera ingresos adicionales.

En qué fechas se debe declarar renta este 2024

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido el calendario para la presentación de la declaración de renta en 2024, basado en los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT):

  • NIT 1 y 2: 12 de agosto de 2024
  • NIT 3 y 4: 13 de agosto de 2024
  • NIT 5 y 6: 14 de agosto de 2024
  • NIT 7 y 8: 15 de agosto de 2024
  • NIT 9 y 10: 16 de agosto de 2024
  • NIT 11 y 12: 20 de agosto de 2024
  • NIT 13 y 14: 21 de agosto de 2024
  • NIT 15 y 16: 22 de agosto de 2024
  • NIT 17 y 18: 23 de agosto de 2024
  • NIT 19 y 20: 26 de agosto de 2024
  • NIT 21 y 22: 27 de agosto de 2024
  • NIT 23 y 24: 28 de agosto de 2024
  • NIT 25 y 26: 29 de agosto de 2024
  • NIT 27 y 28: 2 de septiembre de 2024
  • NIT 29 y 30: 3 de septiembre de 2024
  • NIT 31 y 32: 4 de septiembre de 2024
  • NIT 33 y 34: 5 de septiembre de 2024
  • NIT 35 y 36: 6 de septiembre de 2024
  • NIT 37 y 38: 9 de septiembre de 2024
  • NIT 39 y 40: 10 de septiembre de 2024
  • NIT 41 y 42: 11 de septiembre de 2024
  • NIT 43 y 44: 12 de septiembre de 2024
  • NIT 45 y 46: 13 de septiembre de 2024
  • NIT 47 y 48: 16 de septiembre de 2024
  • NIT 49 y 50: 17 de septiembre de 2024
  • NIT 51 y 52: 18 de septiembre de 2024
  • NIT 53 y 54: 19 de septiembre de 2024
  • NIT 55 y 56: 20 de septiembre de 2024
  • NIT 57 y 58: 23 de septiembre de 2024
  • NIT 59 y 60: 24 de septiembre de 2024
  • NIT 61 y 62: 25 de septiembre de 2024
  • NIT 63 y 64: 26 de septiembre de 2024
  • NIT 65 y 66: 27 de septiembre de 2024
  • NIT 67 y 68: 1 de octubre de 2024
  • NIT 69 y 70: 2 de octubre de 2024
  • NIT 71 y 72: 3 de octubre de 2024
  • NIT 73 y 74: 4 de octubre de 2024
  • NIT 75 y 76: 7 de octubre de 2024
  • NIT 77 y 78: 8 de octubre de 2024
  • NIT 79 y 80: 9 de octubre de 2024
  • NIT 81 y 82: 10 de octubre de 2024
  • NIT 83 y 84: 11 de octubre de 2024
  • NIT 85 y 86: 15 de octubre de 2024
  • NIT 87 y 88: 16 de octubre de 2024
  • NIT 89 y 90: 17 de octubre de 2024
  • NIT 91 y 92: 18 de octubre de 2024
  • NIT 93 y 94: 21 de octubre de 2024
  • NIT 95 y 96: 22 de octubre de 2024
  • NIT 97 y 98: 23 de octubre de 2024
  • NIT 99 y 00: 24 de octubre de 2024

Es crucial para los pensionados mantenerse informados y cumplir con sus obligaciones tributarias, asegurando que sus datos en el RUT estén actualizados y cumplan con los plazos establecidos por la DIAN.

Fuente:
Sistema Integrado Digital