Servicios públicos, boletas para cine y eventos deberán entregar factura electrónica
Dian obliga a empresas de servicios públicos a emitir factura electrónica para combatir evasión fiscal y garantizar transparencia.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que ahora las empresas de servicios públicos domiciliarios, de transporte de pasajeros, boletas para cine y eventos masivos de artes escénicas, deberán comenzar a entregar de manera obligatoria factura electrónica.
Más de 7,000 personas naturales y jurídicas estarán obligadas a expedir estos documentos electrónicos. De este grupo, se identifican 540 empresas de transporte intermunicipal de pasajeros, 2.552 que ofrecen espectáculos públicos, 3.867 prestadores de servicios públicos domiciliarios, 75 que emiten extractos, y 25 que realizan exhibiciones cinematográficas.
Le puede interesar: Pymes hacen un llamado al Gobierno para buscar una mejor articulación: "El camino debe ser la unidad"
"Los comercios obligados a expedir este tipo de documentos podrán facturar electrónicamente todas sus operaciones, ya sea a través de un proveedor tecnológico de servicio habilitado por la Dian, a través de un software propio o mediante el servicio gratuito que ofrecemos desde la entidad”, dijo Cecilia Rico, directora de Gestión de Impuestos.
De acuerdo con esta dirección, durante 2024, la entidad llevó a cabo más de 106.000 visitas de control a facturadores y realizó más de 76.000 entrevistas a compradores para sensibilizar sobre la importancia de la factura electrónica y sus beneficios.
Le puede interesar: Este es el dinero que recibirán los pensionados de prima navideña: algunos ganan más de $2.000.000
“Cuando un ciudadano solicita que la factura se expida a su nombre, está contribuyendo de manera crucial a la lucha contra la evasión tributaria. Esto garantiza que los impuestos que paga al adquirir bienes o servicios lleguen al Estado. Además, tiene la posibilidad de recibir un 1% de deducción en su declaración de renta por lo soportado en facturas electrónicas, siempre que haya pagado con medios electrónicos”, explicó Rico.
Es importante mencionar que para expedir la factura electrónica de venta, el comercio no debe pedirle al comprador información adicional a la que establece la norma (nombre, cédula y correo electrónico).