Escuchar música a un alto volumen en el carro podría salirle muy caro: multas de más de un millón
Conozca los límites de ruido permitidos en los vehículos. En caso de sobrepasarlos, podría pagar hasta 1'300.000 pesos.
Para muchos ciudadanos, el carro es su lugar de paz, que además de ser su transporte, se convierte en el espacio para desahogarse y sentirse tranquilos, pese a los trancones y demás hechos que muchas veces resultan ser estresantes.
Siendo así, hay quienes disfrutan conducir en altas velocidades mientras escuchan música muy fuerte, como método de relajación e incluso, lo catalogan como una terapia.
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No obstante, el exceso de ruido en el carro podría salirle muy caro, pues así como pasa con los vecinos ruidosos, los conductores podrán ser sancionados al transitar con altos niveles de emisiones sonoras.
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito Terrestre de Colombia, son 4 infracciones las que se estarían cometiendo al ir con música o ruido muy fuerte en su carro.
- Comparendo B23
La infracción B23 estipula que "utilizar radios, equipos de sonido o de amplificación a volúmenes que superen los decibeles máximos establecidos por las autoridades ambientales", tendrá una muta como consecuencia, así como "utilizar pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos, mientras esté en movimiento".
La multa en este caso es de 8 SMLDV, es decir, unos $346.667. No es causante de inmovilización vehicular.
- Comparendo B09
Esta sanción está dirigida a los vehículos del servicio público que "utilicen equipos de sonido a volúmenes que incomoden a los pasajeros".
Al caer en esta infracción, tendrán una multa de 8 SMLDV, es decir, $346.667 aproximadamente, según los valores vigentes para 2024. No se inmoviliza el vehículo.
- Comparendo C28
El comparendo C28, que establece las sanciones para quienes conduzcan haciendo "uso de dispositivos propios de vehículos de emergencia".
Es decir, si un conductor de un carro particular utiliza sirenas de emergencia o accesorio diseñado para producir ruido como pitos o resonadores, tendrán que responder por una multa de 15 SMLDV, equivalente a $650.000, para 2024.
- Comparendo D17
La sanción del D17 es la más dura de la lista, pues serán multados los conductores "cuando se detecte una infracción a las normas de emisión de contaminantes o de generación de ruido por vehículos automotores".
Allí, le aplicarán una multa de 30 SMLDV, que corresponden a $1.300.000 actualmente.
¿Cuál es el límite de ruido permitido en los vehículos?
Según la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud, sobre la protección y conservación de la audición de la salud y el bienestar de las personas, el máximo de ruido permitido para los vehículos en Colombia, -expresada en decibeles- es de:
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- Vehículos que pesen menos de 12 toneladas: 83 decibeles.
- De 2 a 5 toneladas: 85 decibeles.
- Más de 5 toneladas: 92 decibeles.
- Motocicletas: 86 decibeles.