Estados Unidos reactiva y amplía la expedición de visas: quiénes aplican
Los solicitantes deberán demostrar que son elegibles de acuerdo con las leyes y regulaciones estadounidenses. Conozca cuáles visas puede tramitar y cómo, aquí.
En un movimiento significativo, la Embajada de Estados Unidos anunció que retomó la expedición de ciertos tipos de visado para viajar a territorio estadounidense, desde el pasado lunes 19 de agosto.
El anuncio del cuerpo diplomático se convierte así en un paso gradual más en la recuperación de los servicios consulares de Estados Unidos en Cuba, luego que estos fueran reducidos al mínimo y de manera indefinida desde el 2017 por el presunto "síndrome de La Habana".
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El síndrome de La Habana se refería a una misteriosa condición que afectó a diplomáticos y funcionarios estadounidenses en Cuba desde 2016. Los síntomas incluían mareos, dolores de cabeza, pérdida de audición y problemas cognitivos, y han sido atribuidos a posibles ataques sónicos, aunque la causa exacta sigue siendo desconocida.
Cuáles son las nuevas visas americanas que se podrán tramitar en Cuba
La Embajada de Estados Unidos en Cuba informó que ampliará sus servicios de visados para incluir las categorías de visas de trabajo temporal y programas de intercambio.
El cuerpo diplomático detalló que "los cubanos con peticiones de trabajo temporal aprobadas por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) y los participantes en programas de visitantes de intercambio con un Certificado de Elegibilidad aprobado podrán programar una entrevista de visa en la Embajada de los EE.UU. en La Habana".
Además, se precisó que la ampliación de los servicios de visa no abarca visados de no inmigrante para personas que deseen ingresar temporalmente a los Estados Unidos bajo la categoría de negocios (visa B-1) o turismo (visa B-2). "Los cubanos aún deberán viajar a otra Embajada o consulado de EE.UU. para entrevistas rutinarias de visas B1/B2", subrayaron.
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Los servicios de visa que los cubanos podrán tramitar en la Embajada de EE.UU. en La Habana con la nueva ampliación lo tanto incluyen las siguientes categorías:
- H: trabajadores temporales o aprendices.
- J: visitantes de intercambio.
- L: transferencias dentro de una misma empresa.
- O: trabajadores con habilidades o logros extraordinarios.
- P: atletas, artistas y animadores.
- Q: participantes en programas de intercambio cultural internacional.
- R: miembros de una denominación religiosa que realizan trabajos religiosos.
El cuerpo diplomático enfatizó que contar con una cita para el trámite de la visa no le garantizará la expedición de la misma. Además, recordaron que "los solicitantes deben demostrar su elegibilidad para la visa conforme a las leyes y regulaciones de EE.UU.".
Cómo agendar una cita para la visa en Cuba
Para tramitar su visa en la Embajada de Estados Unidos en Cuba, usted deberá tener en cuenta los siguientes puntos:
- Los solicitantes que deseen agendar una entrevista para las visas de las categorías H, L, O, P, Q y R, deben mostrar prueba de la aprobación de su solicitud, mediante el Formulario I-797, Notificación de Acción, emitido por USCIS.
- Aquellos que deseen obtener una visa J, deben proporcionar un Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Visitante de Intercambio, a través del Formulario DS-2019, el cual debe ser expedido por el patrocinador del programa de intercambio.
- Las citas para entrevistas únicamente serán agendadas una vez que la Embajada haya recibido y aprobado un Formulario I-797 o DS-2019.
Los solicitantes además deberán proporcionar la aplicación requerida, tarifas, un pasaporte válido y una foto actual. Para más información, consulte: https://cu.usembassy.gov/visas/.