Prima navideña: ¿Cuándo me la deben pagar?
Este pago lo reciben todos los empleados, sea persona natural o jurídica.
Millones de trabajadores colombianos ya están ansiosos por recibir la conocida prima navideña que, como es costumbre, para todos los diciembres, llega a aliviarles el bolsillo y mitigar un poco el impacto de las compras navideñas.
Esta, que es la segunda prima del año que reciben todos los empleados del país, según MinTrabajo, aplica para las personas jurídicas o naturales, sin importar el tipo de contrato o duración del mismo.
Puede leer: Prima de fin de año: lo que debe recibir si gana un salario mínimo
Sin embargo, es de destacar que el dinero que el trabajador recibirá depende de los días que haya trabajado en el semestre.
De este modo, el Código Sustantivo del Trabajo estipula que la prestación social denominada prima de servicios debe pagarse "a más tardar los primeros veinte días de diciembre".
Es decir, para pagar esta prima de navidad tendrán plazo hasta el 20 de diciembre, de no ser así, la empresa puede ser objeto de sanciones por no hacerlo de acuerdo a la ley.
Es de destacar que, según el artículo 306 del Código del Trabajo, el monto que debe recibir corresponde a 30 días de salario por año.
Le puede interesar: Prima de Navidad: ¿Cómo invertirla o ahorrarla?
Por otro lado, el mismo artículo afirma que en dicha prima también incluye a los trabajadores de servicio doméstico, trabajadores por días, choferes o trabajadores de fincas.
"Esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente", dicta el Código Sustantivo del Trabajo.