Migrantes recibirán permiso de trabajo automático en EE. UU
El Gobierno de Estados Unidos ha tomado varias medidas para adelantar este trámite en varios países.
La visa estadounidense se ha convertido en un documento altamente codiciado por un vasto número de individuos que anhelan visitar los Estados Unidos, ya sea por razones laborales o turísticas.
No obstante, en los últimos meses, conseguir una visa se ha tornado una tarea cada vez más ardua. Esto se debe no solo a las demoras en la programación de entrevistas, sino también al aumento constante de los requisitos que deben ser satisfechos.
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Debido a esto, el Gobierno norteamericano ha tomado varias medidas para adelantar este trámite en varios países. Hay que recordar que cada permiso de viaje a Estados Unidos tiene un objetivo y un tiempo de determinado.
Como ejemplo a esto se encuentra la visa de turismo o estudiantil, las cuales tiene una fecha límite para estar en territorio norteamericano.
Extensión de permiso para trabajar en Estados Unidos
Hace algunos meses el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció que se realizará una renovación automática en los permisos de trabajo, pero con ciertas condiciones.
Desde el 27 de septiembre las renovaciones tendrán un periodo de 180 días y regirá para las personas que presenten a tiempo las solicitudes con el formulario 1-1765.
Inmigración de los Estados Unidos también aclaró que esto no es de carácter rotativo, es decir, este cambio no aplica para las personas que se les aumentó la prórroga por 540 días.
“Esta regla temporal brindará a los no ciudadanos elegibles para la extensión automática la oportunidad de mantener el empleo y brindar apoyo crítico a sus familias, al tiempo que se evitan interrupciones adicionales para los empleadores estadounidenses”, indicó Ur M. Jaddou.
De interés:
Cómo saber si soy beneficiario de la extensión de permiso para trabajar en Estados Unidos
Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, hay un filtro de las personas que pueden tener esta extensión, ya que no todas las personas a las que se les dio una autorización pueden ser beneficiarias, lo contrario pasa con los siguientes casos que si pueden acceder a la extensión:
- Las personas que presentaron debidamente diligenciado el Formulario I-765 y/o la Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo, conocida solo como EAD.
- Las personas a las cuales se les realizó la verificación y corresponde a los grupos elegibles: asilo en trámite, algunas son refugiados.