Avianca y SAM deberán pagar $500 millones a la Acdac
La Corte Suprema de Justicia resolvió un recurso de la asociación sindical contra las compañías de aviación
La Corte Suprema de Justicia ordenó a Aerovías del Continente Americano S.A. (Avianca) y a la Sociedad Aeronáutica de Medellín Consolidada (SAM) pagar 500 millones de pesos a la Asociación Sindical de Aviadores de Colombia (Acdac).
Ese dinero se pagará como indemnización al sindicato por incumplir los compromisos establecidos en el sistema de convenciones colectivas de trabajo suscrito para los años 2001 – 2003. En otras palabras, por “concepto de cuotas sindicales dejadas de percibir”.
Según la Sala Laboral de la Corte, esas conductas antisindicales generaron la deserción masiva de afiliados al sindicato y desestimularon la afiliación de otras personas.
Lo que ocurrió fue que no se cumplió con los beneficios contemplados en el sistema a pesar de que se hubiera prorrogado en el tiempo.
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“La empresa no ha actualizado los beneficios extralegales, ni ha practicado aumentos de salario (…) Los beneficios contemplados en el mencionado acuerdo no han tenido una actualización adecuada, a pesar de su prolongación en el tiempo”, decía Acdac.
El sindicato también le explicó a la Corte que: “los directivos de la empresa emprendieron una serie de presiones encaminadas a que los miembros del sindicato se desafiliaran con la promesa de aumento de salarios".
“Por tanto, se verificó una reducción de sus miembros del 73% en Sam y 55% en Avianca; que la citada desafiliación masiva generó, además, una considerable disminución de los recursos de la organización sindical, de aproximadamente un 58%”, dijo Acdac en su denuncia.
Al revisar el caso la Corte advirtió una violación al derecho de asociación sindical que esta protegido legalmente como un derecho fundamental de los trabajadores.
“La violación del derecho de asociación sindical no se reduce a una simple infracción legal, sino que trasciende hasta el campo de los derechos humanos fundamentales en el trabajo”, dijo la Corte.
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La Corte señaló que frente a ese tipo de violaciones: “es preciso activar todos los mecanismos de protección y defensa propios de los sistemas de protección de derechos humanos”.