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Consejo de Estado ratifica sanción contra Samuel Moreno Rojas

Queda inhabilitado 18 años por hechos de corrupción.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Agosto 21, 2020 - 20:55
El juez 11 de conocimiento emitió sentido de fallo condenatorio contra el exmandatario por ser la cabeza de una “red criminal”.
El juez 11 de conocimiento emitió sentido de fallo condenatorio contra el exmandatario por ser la cabeza de una “red criminal”.
Inaldo Pérez - Sistema Integrado Digital

El Consejo de Estado mantuvo las competencias de la Procuraduría para sancionar disciplinariamente a funcionarios de elección popular.

Lo anterior se dio al dejar en firme la sanción de destitución e inhabilidad de 18 años impuesta contra el exalcalde de Bogotá Samuel Moreno Rojas, por hechos de corrupción. 

La sanción se desprende del escándalo del carrusel de contratos y tiene que ver con irregularidades que se presentaron en la cesión de un contrato de obra,  para la adecuación de la Fase III del Sistema de Transmilenio en Bogotá.

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Al tomar esa decisión, el Consejo de Estado negó una petición de la defensa del exalcalde que buscaba anular la sanción impuesta por la Procuraduría el 4 de agosto de 2015 y que se confirmó el 29 de julio de 2016.

Esa decisión se dio a conocer después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenara al Estado por la sanción e inhabilidad que la Procuraduría en cabeza del entonces procurador Alejandro Ordóñez, le había impuesto al entonces alcalde de Bogotá Gustavo Petro. 

Sobre ese fallo el procurador Fernando Carrillo, a través de su cuenta de Twitter, anunció que se debían acatar las órdenes del tribunal internacional en el sentido de ajustar las normas disciplinarias sin dejar la lucha contra la corrupción. 

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La Corte IDH concluyó que la sanción impuesta por el entonces procurador Ordoñez,  “no respetó la garantía de la imparcialidad, ni el principio de presunción de inocencia del entonces Alcalde". 

El alto tribunal internacional señaló que la falta de garantías a Petro quedó expuesta porque, “el proceso implicó que la misma autoridad fuera la encargada de emitir el pliego de cargos y al mismo tiempo juzgar”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información