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Corte Constitucional dio vía libre a la JEP

La determinación fue aprobada con una votación de 7 a favor y 0 en contra.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Noviembre 14, 2017 - 17:37
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Imagen de referencia de Colprensa

Si bien le dio via libre a JEP, la Corte Constitucional le hizo profundos cambios a la reforma de la Justicia Especial para la Paz.

Los magistrados del alto tribunal levantaron la restricción de extradición a reincidentes de las Farc, así sean directivos del hoy partido político; también condicionaron la vigencia de la participación política de excombatientes a que se cumplan los compromisos de verdad y reparación, además de exigir comparecencia ante los magistrados de la JEP.

El acto legislativo que estudió la Corte permite que todos los exintegrantes de las Farc, con condenas por graves delitos, puedan participar en cargos de elección popular llegando al punto de aspirar a la Presidencia de la República.

La Corte Constitucional considera que es importante que los exintegrantes de las Farc puedan ir a comicios, pero con condicionamientos. Deben acreditar el sometimiento y comparecencia ante magistrados de la JEP, la pertenencia al proceso de paz, y si se falta al compromiso de contar la verdad y reparar a las víctimas podrían perder el cargo público.

Por oro lado, la Corte avaló que no se extraditen a los exintegrantes de esa guerrilla, pero  aclaró que si reinciden podrán ser extraditados. Esta posibilidad sería el ‘freno de mano’ a conductas ilegales que puedan presentarse a futuro por las Farc y sobre todo los obliga a cumplir con los objetivos de la JEP.

Por otro lado, la Corte elimina la posibilidad de que los magistrados de la JEP llamen a declarar y profieran sanciones contra terceros que no integraron grupos armados. Los civiles mencionados en las declaraciones en la JEP, deberán ser investigados por la Fiscalía.

El acto legislativo plantea que el plazo para la conclusión de funciones de la JEP “será de 10 años contados a partir de la entrada efectiva en funcionamiento de la totalidad de las salas y un plazo posterior de 5 años más para concluir su actividad jurisdiccional, plazo este último que de ser necesario podrá ser prorrogado mediante una ley. Es decir que mínimo la JEP durará 15 años.

La Corte Constitucional fijó que la JEP solo podrá durar 20 años, la Ley que posibilita la ampliación de vigencia de esa justicia especial, sólo podrá extender la duración por 5 años.

Con relación a las sanciones, se contemplan restricciones efectivas de la libertad de 5 a 8 años para quienes cuenten la verdad y reparen a las víctimas en el tiempo adecuado.

A continuación, el comunicado de la Corte con relación a la JEP:

Con información de Noticias RCN