Corte Constitucional le ordenó a Google eliminar un blog
El alto tribunal falló a favor de un ciudadano que alegó daño a su buen nombre.
Un ciudadano, propietario de un establecimiento de comercio con domicilio principal en la ciudad de Ibagué (Tolima) y con sucursales en los municipios de Florencia y San Vicente del Caguán (Caquetá), interpuso una acción de tutela contra Google Inc. y Google Colombia Ltda. para obtener la protección de sus derechos fundamentales a la intimidad, al buen nombre y a la honra, los cuales considera vulnerados como consecuencia de una publicación anónima en un blog de internet de la plataforma www.blogger.com -de propiedad de la compañía Google Inc.-, en la que se afirma que la empresa y su propietario estafan a sus clientes.
Manifiesta el demandante que el día 30 de enero de 2014 una persona de forma anónima creó, mediante la herramienta “Blogger.com” propiedad de la empresa Google Inc., un blog en el que tildó de estafadores a los integrantes de la empresa de muebles. "Piden primero un adelanto o el dinero completo y después de que se lo entregas desaparece con tu dinero", dice el blog.
El demandante argumentó que lo dicho en el blog anónimo no es cierto por cuanto “ni como empresa ni como persona” ha estafado a ninguna institución o ciudadano, que no están ni han sido investigados como tampoco tienen procesos en su contra por estas razones. Resalta que lleva más de 14 años laborando en la ciudad de Ibagué y más de 5 años en el mismo local, por lo cual considera infundadas las acusaciones que menciona el blog respecto de “cambios constantes de domicilio con el fin de huir con el dinero captado”.
El ciudadano afirmó que en repetidas ocasiones ha solicitado a Google Inc. -en su calidad de propietario de la plataforma Blogger.com- la eliminación de este contenido, haciendo uso de sus canales para recepción de solicitudes, mencionando los derechos que considera vulnerados. Señala que en tres ocasiones le han contestado negativamente a su petición por cuanto “según sus políticas, este contenido no es inapropiado, ni es manifiestamente ilegal” resaltando que la única forma en que Google retiraría el blog de internet es mediante una orden judicial que así lo determine.
Por último, señala que debido al contenido de este blog se ha visto afectada “su persona, su familia y su negocio” a nivel económico y moral. A lo anterior añade que uno de los principales agravantes de esta situación tiene que ver con el carácter anónimo del blog, hecho que le ha impedido conocer la identidad y procedencia del mismo, no poder rectificar ni controvertir lo allí afirmado como tampoco solicitar una compensación por los perjuicios causados. En consecuencia, solicitó al juez constitucional que se tutelen los derechos fundamentales a la intimidad, al buen nombre y a la honra, y además se ordene a Google Inc., o a quien lo represente en Colombia sea retirado de internet el blog con el contenido denunciado.
Así las cosas, la Corte Constitucional ordenó desmontar el contenido. "Revocar el fallo proferido el 1 de agosto de 2016 por el Juzgado 21 Civil Municipal de Bogotá, que negó el amparo en la acción de tutela instaurada por (nombre omitido por solicitud) contra Google Inc. y otro. En su lugar, conceder al demandante el amparo de sus derechos fundamentales a la intimidad, al buen nombre y a la honra por las razones expuestas en la parte motiva de la providencia".
En el fallo, el alto tribunal también ordena "a Google Inc. en su calidad de propietaria de la herramienta “Blogger.com” que dentro del mes siguiente a la notificación de la presente providencia elimine el blog por cuanto su contenido imputa de forma anónima información no probada sobre la comisión del delito de estafa y otras expresiones que pueden considerarse injurias y calumnias contra el demandante y su empresa, y dado que este último no cuenta con otro recurso efectivo para obtener su pretensión".
Finalmente, advierte el alto tribunal, se advierte que en caso de crearse un nuevo blog anónimo en la herramienta “Blogger.com” con las mismas características, contra la misma persona y en los mismos o similares términos calumniosos y deshonrosos, Google Inc. deberá proceder como se ordena en esta sentencia.