Corte Constitucional ordena crear fiducia para reconocer pensiones de víctimas del conflicto
La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Hacienda, que articulen acciones para la creación de una fiducia con el objetivo de responder por las pensiones de invalidez de las víctimas del conflicto armado en el país.
El alto tribunal consideró que las víctimas del conflicto que están dentro de los registros nacionales, no se les puede continuar vulnerando sus derechos fundamentales, al no reconocerles la pensión de invalidez.
"No resulta razonable ni proporcional que el actor sea perjudicado en la garantía de un derecho, con el que precisamente se pretende la materialización de una acción afirmativa con la cual se busca brindar condiciones de igualdad real y efectiva, frente a un sujeto de especial protección constitucional que, por circunstancias ajenas a su voluntad, requiere del amparo del Estado, por la afectación física que le fue ocasionada como consecuencia del conflicto armado interno", señala la sentencia.
De igual forma le dio un plazo máximo de un mes al Ministerio de Trabajo para que "proceda a constituir una nueva fiducia, o la modalidad operativa alternativa que se estime adecuada, la cual, mientras no se defina una fuente distinta, deberá conformarse con recursos del presupuesto general de la nación, cuya identificación y desembolso se hará por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público".
La Corte Constitucional, le ordenó al Ministerio de Hacienda, para que máximo en un año para que proceda a desembolsar los dineros correspondientes que permitan financiar en adelante la pensión especial de invalidez a favor de las víctimas de la violencia.
Con esta determinación, tanto el Ministerio de Trabajo, como la Unidad Especial para la Reparación a las víctimas, deberán realizar las acciones de acompañamiento para que se cumplan las disposiciones en la sentencia y se protejan los derechos de esta población de especial protección.