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Corte Constitucional pide al Congreso regular la eutanasia

El pronunciamiento se hizo tras estudiar el caso de una mujer de 94 años de edad que pedía morir dignamente.

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Jueves, Febrero 27, 2020 - 18:39
Imagen referencia eutanasia de AFP
Imagen referencia eutanasia de AFP
AFP

Una vez más, la Corte Constitucional le hizo un llamado al Congreso de la República para que se regule el derecho de las personas a morir dignamente o la práctica de la eutanasia. 

Esto, tras estudiar el caso de la mujer de 94 años de edad que padecía de trastorno de ansiedad, esquizofrenia, enfermedad de alzheimer, hipotiroidismo, hipertensión arterial y enfermedad arterial oclusiva severa. 

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A pesar de que la única hija de la mujer solicitaba la eutanasia para su madre, los médicos le negaron el derecho argumentando que no padecía una enfermedad terminal. 

Aunque la Corte negó la tutela por no cumplir con los requisitos para aplicar la eutanasia, dijo que la falta de reglamentación por parte del Ministerio de Salud y Protección Social “puede constituir una amenaza para la garantía de dicho derecho fundamental”. 

 

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La Corte señaló que cuando se trata de un consentimiento sustituto - es decir cuando la autorización no se da por parte del paciente- los requisitos para practicar la eutanasia deben ser más rigurosos. 

“Como en el caso analizado la paciente no padecía de una enfermedad terminal, se evidenció que no se reúnen las condiciones para garantizar el derecho a morir dignamente a través del procedimiento de eutanasia”, señaló el alto tribunal. 

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Sobre el caso concreto, la Corte verificó que a pesar de la aguda vulnerabilidad que le generan sus padecimientos, “la mujer recibe controles constantes por diferentes profesionales de la salud, insumos, medicamentos y suplemento nutricional, así como la asistencia permanente de cuidadores (...), para controlar el dolor y llevar la mejor calidad de vida posible el tiempo que le queda de existencia”. 

Debido a esto, concluyó que el derecho fundamental de la mujer “no se concreta necesariamente anticipando la muerte de la paciente, sino aliviando su sufrimiento y garantizándole un cuidado óptimo e integral”. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información