Corte ordenó reintegro a un joven suspendido por jugar 'la ballena azul'
El colegio condicionaba su reintegro a un concepto médico y a la decisión del comité escolar de la Institución.
La Corte Constitucional resolvió favorablemente una acción de tutela presentada por un joven a quien su colegio no le permitió volver a clases después de jugar a la 'ballena azul'. La Institución determinó que el joven había sido diagnosticado con una alteración en su comportamiento.
El alto tribunal concluyó que el colegio no podía condicionar el reintegro del estudiante a las actividades académicas a la decisión del Comité Escolar y un nuevo concepto médico, reseñando que el joven ya había recibido tratamiento en una clínica.
Según el diagnóstico, el joven sufría de “trastorno opositor desafiante, episodio depresivo leve- moderado y trastorno de personalidad”. Sin embargo, la clínica certificó que el adolescente no representaba ningún riesgo para vivir en comunidad.
“Está demostrado que el entrenamiento de habilidades sociales y académicas que realmente necesita el paciente en su condición de vida para no perder su nivel de funcionalidad, son su núcleo familiar y escolar”, señaló el diagnóstico.
Debido a esto, la Corte concluyó que “no se puede impedir el pleno acceso y permanencia de un estudiante, fijando condicionamientos que no son constitucionalmente razonables”, señaló al Corte al ordenar el reintegro al colegio del menor.
En la misma decisión, el alto tribunal ordenó al Gobierno diseñar y promover herramientas pedagógicas para enfrentar los riesgos de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones en los colegios.
Según las redes sociales, el famoso juego de ‘la ballena Azul’ consiste en 50 retos. En el último la persona debe quitarse la vida.