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Corte Suprema envió desacato contra Mindefensa al Tribunal Superior de Bogotá

Al revisar el recurso, la Corte consideró que no era competente aún para conocerlo.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Septiembre 30, 2020 - 12:12
Carlos Holmes Trujillo, ministro de Defensa
Carlos Holmes Trujillo, ministro de Defensa.
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia envió al Tribunal Superior de Bogotá un desacato contra el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, por el presunto incumplimiento al fallo sobre la protesta social.

El desacato lo presentó ante la Corte, el abogado Alirio Uribe Muñoz, miembro del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, que es una de las organizaciones que ganó la tutela sobre las marchas en el país.

Al revisar el recurso, la Corte consideró que no era competente aun para conocerlo, dado a que es juez de segunda instancia.

Así las cosas, le correspondería a los magistrados del Tribunal ahondar en el asunto y darle tramite a la petición de desacato contra el ministro Trujillo.

“Alirio Uribe Muñoz formuló incidente de desacato por posible incumplimiento de la tutela del Esmad ante la sala de casación civil, pero la Corte Suprema no tiene competencia para conocerlo, por ser el juez de segunda instancia. Por eso lo está remitiendo a la Sala civil del Tribunal Superior de Bogotá, juez de primera instancia de esta tutela”, informaron desde la Corte Suprema.

El Colectivo de Abogados ha cuestionado en varias oportunidades las respuestas del Gobierno y puntualmente del Ministro de Defensa sobre el fallo de la Sala Civil de la Corte por las marchas

El presidente de ese grupo de abogado, Reinaldo Villalba, ha calificado esas respuestas como una posible "ausencia de voluntad política en torno a tomar medidas eficaces para la protección de los derechos humanos".

La posición del Gobierno frente a la sentencia la dio a conocer el ministro de Defensa, quien dijo que “la Fuerza Pública, en particular el Esmad, no incurren en excesos”.

Diferente a lo que consideró la Corte en su sentencia, cuando señaló que el Esmad “no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas”.

La Corte también dijo en esa sentencia que se ha venido presentando “una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información